20 de febrero de 2018


BOLETÍN N° 69                          FEBRERO 2018 
            


#10Años
                                    Trabajando para las futuras generaciones

  Le damos la bienvenida a los nuevos contactos informándoles que la ONG trabaja sin fines de lucro en pos de concientizar a la comunidad toda en la prevención de: siniestros viales, consumo de alcohol al volante e ingesta de alcohol en menores.

Regularmente se solicita por nota a todas las autoridades que tomen intervención en el control que les corresponde hacer como tales.

Para recibir con seguridad los boletines incorpore: 
                   concientizarparaprevenir@gmail.com y
                   concientizarparaprevenir@fibertel.com.ar
como correos seguros en su lista, caso contrario, el filtro para correo basura bloqueará los mismos.

Las reuniones son abiertas a la comunidad y se realizan los lunes  las 21.30 hs. en Santa Fe 1762 Villa Carlos Paz, Córdoba (ARG.)
T.E: (54) 3541-15-568448 - Correo Postal: Rivadavia 85 3º Piso Oficina 5, Córdoba C.P.X5000IPA (ARGENTINA)
Facebook.com/concientizarparaprevenir Twitter: ConcientizarPP

Actividades
Período agosto-diciembre 2017





    Desde el año 2008, 18.586 niños y jóvenes y 2.403 adultos
    han recibido Charlas de Concientización (*)
    (*) Declaradas de Interés Legislativo el 5.08.2010                                                  …………………………………………………………………………………………


     Talleres y curso gratuitos de educación vial

    Concientización y Educación Vial para jóvenes 
    de entre 15 y 18 años

    Ingresar al link: CONDUCIENDO POR LA VIDA



    Córdoba: Al Volante, 0 Alcohol




    Artículo 55.- Prohibición de expendio o consumo de bebidas alcohólicas a menores.
    Los propietarios o responsables del expendio de bebidas alcohólicas, cualquiera sea su graduación, como el que facilitare o instigare su consumo a menores de dieciocho(18) años de edad serán pasibles de las siguientes sanciones, según corresponda: a) Clausura del local por treinta (30) días en la primera ocasión y arresto de hasta quince (15) días, y b) En caso de reincidencia clausura definitiva del local y arresto por treinta (30) días.
    En el caso de que se expendan bebidas alcohólicas o se facilite o instigue su consumo a menores de catorce (14) años de edad, los propietarios o responsables del lugar serán sancionados con arresto de treinta (30) días y la clausura definitiva del local.Iguales sanciones corresponderán cuando se tolerare el consumo de bebidas alcohólicas por parte de los menores aunque aduzcan haber ingresado a los locales con ellas en su poder.
    A este fin se exhibirán, en las puertas de acceso y dentro de los locales que comercialicen bebidas alcohólicas, carteles con la leyenda: “Código de Convivencia Ciudadana: Prohíbese el expendio y consumo de bebidas alcohólicas a menores de dieciocho (18) años”


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    Videos - Notas - Material Didáctico - Links Útiles
    Legislación - Gacetillas de Prensa - Boletines -
    Menciones y ...mucho más para la familia, el docente y el estudiante

    www.concientizarparaprevenir.blogspot.com

    Info útil 



                      Villa Carlos Paz

    100 BOMBEROS               101 POLICÍA
    03541 424480           SEGURIDAD VCP
    0810 888 3368 Policía de Córdoba
    (N° para Denuncias por venta de alcohol a menores)

    Ley Nac. 24449 de Tránsito y Seguridad Vial
    Ley Prov. 9169 (8560 ordenada) de Tránsito
    Ley Prov. 8937 Educación Vial          
    Ley Nac. 26363 Agencia Nacional de Seguridad Vial
    Ley Nac. 25965 Bicicletas y Ciclovías   
    Ley Nac. 25456 Encendido de Luces
    Ley Nac. 24788 Lucha Contra el Alcoholismo   

                         Vos también podés ser parte de nuestra ONG
                          como voluntario permanente o colaborador.
                                     Contactate para consultar.

               


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                                                                   2008-2018

    19 de febrero de 2018


    ENCUESTAS PÚBLICAS 2016 - 2017

    Estar en contacto humano con el ciudadano a través de la realización de encuestas públicas es una tarea encomendada a los estudiantes universitarios de la Universidad Empresarial Siglo 21.

    En esta oportunidad brindamos los resultados obtenidos durante el año 2016 y los datos del 2017. Los mismos se muestran separados debido a que la pregunta 2. tiene una diferencia en las consignas de la trivia propuesta.

    El desarrollo del trabajo se realizó en el casco céntrico, la costanera y estaciones de servicio de la ciudad de Villa Carlos Paz en diferentes horarios.

    A modo de breve conclusión, podemos observar que el bajo porcentaje de respuestas correctas obtenidas denota la falta de conocimientos en el tema seguridad vial. 

    La educación nos prepara para la prevención, por ello es de suma importancia evolucionar en las exigencias para obtener y/o renovar la licencia nacional de conducir e instaurar como materia obligatoria la temática seguridad vial en todos los niveles escolares.

    Asimismo es indispensable el rol de contralor de las autoridades (cumplimiento de las normas viales, mantenimiento de vías de circulación y señales viales, adecuación y modernización de rutas y autopistas, etc.) y una legislación que sancione en forma efectiva a quienes conduzcan un vehículo en forma negligente provocando daños irreparables.



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    14 de febrero de 2018


    GACETILLA DE PRENSA N° 01 

    Se comunica que la organización ha enviado las notas que se adjuntan.