Gacetilla de Prensa Nº 25 14.05.2014
Se comunica que con fecha 13 de mayo de 2014 integrantes de la ONG brindaron Charla de Concientización a personal de la empresa GRUPO EDISUR.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 24 12.05.2014
Se comunica que Concientizar Para Prevenir asistirá al "1er. Congreso Nacional de Ciudadanos por la Seguridad Vial", invitados por Padres en la Ruta Resistencia, organizadores del evento.
El mismo se llevará a cabo en la ciudad de Resistencia (Chaco) los días 16 y 17 de mayo próximos.
En la oportunidad los disertantes expondrán las actividades que llevan a cabo en la ciudad de Villa Carlos Paz en pos de la prevención de incidentes de tránsito.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 23 8.05.2014
Se comunica que con fecha 7 de mayo de 2014 nuestra ONG participó de la 5ta. Reunión de Red Viva.
El conjunto de fuerzas sociales que la integran tiene previsto informar públicamente su relanzamiento a la prensa el 23 de mayo a las 10 hs. en espacio a confirmar.
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Gacetilla de Prensa Nº 22 3.05.2014
Se comunica que con fecha 30 de abril de 2014 se envió la nota que se adjunta y la respectiva copia.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 21 2.05.2014
Se comunica que, de acuerdo a lo informado por el Municipio de Villa Carlos Paz, los controles de alcoholemia llevados a cabo en la ciudad durante el mes de abril fueron los siguientes:
12/04/2014
Lugar: 9 de julio y Martin Luther King desde las 21.50 hs.
hasta las 1. 00 hs.
Detalles: 47 conductores controlados, 0 alcoholemias (+);
3 autos retenidos; 11 actas por infracciones.
13/04/2014
Lugar: Libertad 30 desde las 5.30 hs. hasta las 8.30 hs.
Detalles: 68 conductores controlados; 7 alcoholemias (+);
10 actas por infracciones.
17/04/2014
Lugar: Bv. Sarmiento y Roma desde las 8 hs. a 13 hs.
Detalles: 70 personas controladas; 0 alcoholemias (+);
5 motos retenidas; 20 actas por infracciones varias.
18/04/2014
Lugar: Av. Uruguay 816 desde las 8 a 10 hs.
Detalles: 38 personas controladas; 0 alcoholemias (+);
1 auto retenido; 15 actas por infracciones varias.
19/04/2014
Lugar: Av. San Martín y Tucumán desde las 7.20 a 9 hs.
Detalles: 39 personas controladas, 3 alcoholemias (+);
1 auto y 2 motos retenidos; 9 actas por
infracciones varias.
20/04/2014
Lugar: Bv. Sarmiento y Mitre desde las 7 a 8.30 hs.
Detalles: 13 personas controladas; 1 alcoholemia (+);
1 acta labrada por infracción.
27/04/2014
Lugar: Rosario y Virgilio desde las 5.25 hs. hasta las 8.00 hs.
Detalles: 35 conductores controlados; 5 alcoholemias (+);
2 autos retenidos; 14 actas por infracciones.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 20 26.04.2014
Se comunica que con fecha 25 de abril de 2014 integrantes de la
ONG llevaron a cabo las siguientes actividades:
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 19 17.04.2014
Se comunica que con fecha 15 de abril de 2014 integrantes de la ONG mantuvieron una reunión con la Dra. Alejandra Hillman, Fiscal Adjunto del Ministerio Público Fiscal de la Provincia de Córdoba.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 18 12.04.2014
Se comunica que con fecha 11 de abril de 2014 la ONG participó de la 3er. reunión organizativa de la RED VIVA.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 17 11.04.2014
Se comunica que la ONG ha realizado las siguientes actividades:
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 16 08.04.2014
Gacetilla de Prensa Nº 15 05.04.2014
Se comunica que con fecha 4 de abril de 2014, la ONG participó de las siguientes actividades:
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 14 03.04.2014
Se comunica que, de acuerdo a lo informado por el Municipio
Se comunica que en la fecha integrantes de la ONG brindaron Charlas de concientización a los alumnos de 1º, 2º, 5º y 6 años del IPEM 374 de la localidad de Malagueño, Departamento Santa María, Córdoba.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 12 26.03.2014
Se comunica que con fecha 25.03.2014 la ONG participó junto a otras instituciones de la ciudad de la 1er. reunión anual de la RED VIVA.
En la oportunidad se presentó el nuevo Coordinador de Políticas de Prevención del Municipio de Villa Carlos Paz, Dr. Darío Zeino.
Gacetilla de Prensa Nº 11 20.03.2014
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 10 18.03.2014
Se comunica que con fecha 17.03.2014 se envió la nota que se adjunta.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 09 12.03.2014
Se comunica que en la fecha integrantes de la ONG se reunieron en el Municipio de Villa Carlos Paz con el Secretario General, Dr. Jorge Sebastián Guruceta; el Director de Inspectoría General, Dr. Juan Carlos Zoppetti y representantes de la Policía Comunitaria de la Unidad Departamental Punilla.
En la oportunidad se abordaron temas relacionados a la prevención en seguridad vial consumo de alcohol al volante e ingesta de alcohol en menores.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 08 12.03.2014
Se comunica que, de acuerdo a lo informado por el Municipio
Gacetilla de Prensa Nº 20 26.04.2014
Se comunica que con fecha 25 de abril de 2014 integrantes de la
ONG llevaron a cabo las siguientes actividades:
- Reunión en el Municipio de Villa Carlos Paz con el Secretario General, el Director de Inspectoría General y miembros de Policía Comunitaria.
- Reunión con miembros de la RED VIVA.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 19 17.04.2014
Se comunica que con fecha 15 de abril de 2014 integrantes de la ONG mantuvieron una reunión con la Dra. Alejandra Hillman, Fiscal Adjunto del Ministerio Público Fiscal de la Provincia de Córdoba.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 18 12.04.2014
Se comunica que con fecha 11 de abril de 2014 la ONG participó de la 3er. reunión organizativa de la RED VIVA.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 17 11.04.2014
Se comunica que la ONG ha realizado las siguientes actividades:
- Solicitud de audiencia con el Intendente de Villa Carlos Paz, Sr. Esteban Avilés.
- Envío de las notas que se adjuntan.
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Gacetilla de Prensa Nº 16 08.04.2014
Se comunica que
la ONG llevó a cabo las siguientes actividades:
7.04.2014
Reunión
con el Defensor del Pueblo, Dr. Alejandro Luchessi y
con el Defensor Adjunto, Sr. Rudy Trossero. En la oportunidad
también estuvo presente el Sr. Guillermo Ramírez.
con el Defensor Adjunto, Sr. Rudy Trossero. En la oportunidad
también estuvo presente el Sr. Guillermo Ramírez.
8.04.2014
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 15 05.04.2014
Se comunica que con fecha 4 de abril de 2014, la ONG participó de las siguientes actividades:
- Reunión en el Municipio de Villa Carlos Paz con el Secretario General, Directores de Inspectoría y Seguridad urbana y Prevención; Policía Comunitaria y representantes de la Asociación Hotelera Gastronómica y Afines.
- Reunión con el Dr. Raúl Bonadero y Alicia Zecchin, referentes de Participación y Cambio.
- 2ª Reunión anual organizativa de RED VIVA.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 14 03.04.2014
Se comunica que, de acuerdo a lo informado por el Municipio
de Villa Carlos
Paz, los controles de alcoholemia llevados a cabo
en la ciudad durante el mes de marzo fueron los siguientes:
en la ciudad durante el mes de marzo fueron los siguientes:
15/03/2014
Lugar: Sarmiento y Mitre desde las 5.30 hs. hasta las
8.30 hs.
Detalles: 72 conductores controlados; 9 alcoholemias (+);
9 autos retenidos; 10 actas por infracciones
22/03/2014
Lugar: Libertad 30 desde las 5.00 hs.
hasta las 8.30 hs.
Detalles: 70 conductores controlados; 12 alcoholemias (+);
4 autos y 7 motos retenidos; 19 actas por infracciones
30/03/2014
Lugar: San Martín y Tucumán desde las 5.30 hs.
hasta las 8.30 hs.
Detalles: 76 conductores controlados, 12 alcoholemias (+);
6 autos y 1 moto retenidos; 14 actas por infracciones
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 13 28.03.2014
8.30 hs.
Detalles: 72 conductores controlados; 9 alcoholemias (+);
9 autos retenidos; 10 actas por infracciones
22/03/2014
Lugar: Libertad 30 desde las 5.00 hs.
hasta las 8.30 hs.
Detalles: 70 conductores controlados; 12 alcoholemias (+);
4 autos y 7 motos retenidos; 19 actas por infracciones
30/03/2014
Lugar: San Martín y Tucumán desde las 5.30 hs.
hasta las 8.30 hs.
Detalles: 76 conductores controlados, 12 alcoholemias (+);
6 autos y 1 moto retenidos; 14 actas por infracciones
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 13 28.03.2014
Se comunica que en la fecha integrantes de la ONG brindaron Charlas de concientización a los alumnos de 1º, 2º, 5º y 6 años del IPEM 374 de la localidad de Malagueño, Departamento Santa María, Córdoba.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 12 26.03.2014
Se comunica que con fecha 25.03.2014 la ONG participó junto a otras instituciones de la ciudad de la 1er. reunión anual de la RED VIVA.
En la oportunidad se presentó el nuevo Coordinador de Políticas de Prevención del Municipio de Villa Carlos Paz, Dr. Darío Zeino.
*
* *
Gacetilla de Prensa Nº 11 20.03.2014
Se comunica que
en la fecha la ONG mantuvo una reunión con el
Jefe de la Unidad Departamental Punilla Comisario Inspector Hugo
José Quevedo a quien se le hizo entrega del informe que
se adjunta.
Asimismo se intercambiaron conceptos de prevención con personal de la Policía Comunitaria.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 10 18.03.2014
Se comunica que con fecha 17.03.2014 se envió la nota que se adjunta.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 09 12.03.2014
Se comunica que en la fecha integrantes de la ONG se reunieron en el Municipio de Villa Carlos Paz con el Secretario General, Dr. Jorge Sebastián Guruceta; el Director de Inspectoría General, Dr. Juan Carlos Zoppetti y representantes de la Policía Comunitaria de la Unidad Departamental Punilla.
En la oportunidad se abordaron temas relacionados a la prevención en seguridad vial consumo de alcohol al volante e ingesta de alcohol en menores.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 08 12.03.2014
Se comunica que, de acuerdo a lo informado por el Municipio
de Villa Carlos
Paz, los controles de alcoholemia llevados a cabo
en la ciudad durante el mes de febrero fueron los siguientes:
en la ciudad durante el mes de febrero fueron los siguientes:
02/02/2014
Lugar: Sarmiento y Mitre desde las 5.20 hs. hasta las
9.00 hs.
Detalles: 92 conductores controlados; 17 alcoholemias (+);
11 autos y 2 motos retenidos; 23 actas por infracciones
9/02/2014
Lugar: Av. San Martín esq. Tucumán desde las 6.00 hs
hasta las 8.30 hs.
Detalles: 156 conductores controlados; 22 alcoholemias (+);
17 autos y 1 motos retenidos; 29 actas por infracciones.
* * *9.00 hs.
Detalles: 92 conductores controlados; 17 alcoholemias (+);
11 autos y 2 motos retenidos; 23 actas por infracciones
9/02/2014
Lugar: Av. San Martín esq. Tucumán desde las 6.00 hs
hasta las 8.30 hs.
Detalles: 156 conductores controlados; 22 alcoholemias (+);
17 autos y 1 motos retenidos; 29 actas por infracciones.
Gacetilla de Prensa Nº 07 6.03.2014
Se informa que en el año 2013 CPP implementó en la ciudad de Villa Carlos Paz la actividad titulada: "1ª Encuesta pública sobre seguridad vial, consumo de alcohol y voluntariado".
La misma fue llevada a cabo por los estudiantes-practicantes de la Universidad Siglo 21 de la ciudad de Córdoba.
A continuación se detallan los resultados obtenidos:
Lugar: puntos neurálgicos de la ciudad de Villa Carlos Paz
Fecha: desde julio hasta noviembre del 2013
Cantidad de encuestas: 653
Edades de los encuestados: 15 a 25 años ..... 36,60 %
26 a 35 años ..... 22,36 %
36 a 45 años ..... 18,38 %
46 a 55 años ..... 14,09 %
+ 56 años ..... 8,58 %
Preguntas:
1. ¿Vivís en Villa Carlos Paz?
SI: 73,20 % NO: 26,80 %
2. ¿Sos miembro de alguna ONG?
SI: 9,19 % NO: 90,81 %
3. ¿Conocés a alguien que haya tenido un siniestro vial?
SI: 79,63 % NO: 20,37 %
4. ¿Conocés la incidencia del alcohol en los siniestros viales?
SI: 89,59 % NO: 10,41 %
5. ¿Sabés cómo afecta el alcohol a menores?
SI: 80,55 % NO: 19,45 %
6. ¿Conocés la ONG "Concientizar para Prevenir"?
SI: 31,85 % NO: 68,15 %
7. ¿Cómo supieste de ella?
- Internet..... 28,05 %
- Radio........ 15,45 %
- TV............14,63 %
- Evento...... 8,94 %
8. ¿Sabés a qué se dedica? SI: 76, 92 % NO: 23,08 %
9. ¿Cómo considerás el aporte de CPP a la comunidad?
- POSITIVO: 89,90 %
- NEGATIVO: 2,40 %
- IRRELEVANTE: 7,69 %
10. ¿Qué medidas de solución proponés a la problemática
planteada?
- Controles más efectivos por parte del estado...... 35,10 %
- Más controles de alcoholemia......................... 21,76 %
- Educación vial........................................... 12,25 %
- Desarrollar políticas de prevención...................10,79 %
- No contesta............................................... 5,12 %
- No vender alcohol a menores en los boliches....... 4,94 %
- Multas más elevadas.....................................4,57 %
- Multar a padres de menores alcoholizados........... 2,74 %
- Trabajos comunitarios................................... 2,74 %
Gacetilla de Prensa Nº 06 4.03.2014
Se comunica que la ONG participó por 5ta. vez consecutiva en calidad de veedores de la no venta de alcohol a menores en el festival Cosquín Rock Edición 2014.
En la oportunidad se contó con la colaboración de Asociación Pro-Joven.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 05 21.02.2014
Se comunica que la ONG participó de la reunión organizativa del Festival Cosquín Rock Edición 2014 llevada a cabo en Santa María de Punilla.
De acuerdo a lo acordado, los días 1, 2 y 3 de marzo próximos, integrantes y colaboradores de CPP asistirán en calidad de veedores de la no venta de alcohol a menores.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 04 7.02.2014
Se comunica que con fecha 6 de febrero de 2014 la ONG mantuvo una reunión con autoridades de la Departamental Punilla, entidad a cargo del nuevo titular, Comisario Inspector Hugo José Quevedo, quien en la oportunidad estuvo acompañado por los Crios. Carlos Destefani y Alejo Muñíz.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 03 6.02.2014Se comunica que con fecha 5 de febrero de 2014 se envió la nota que se adjunta.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 02 1.02.2014
Se comunica que el 31 de enero de 2014 integrantes de la ONG mantuvieron una reunión en el Municipio de Villa Carlos Paz con el Secretario General, Dr. Jorge Sebastián Guruceta y el Sr. Oscar Vargas, a cargo de Tránsito.
En la oportunidad se abordaron temas relacionados a la prevención en seguridad vial, consumo de alcohol al volante e ingesta de alcohol en menores.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 01 1.02.2014
Se comunica que, de acuerdo a lo informado
por el Municipio
de Villa Carlos
Paz, los controles de alcoholemia llevados a cabo
en la ciudad durante los meses de diciembre del 2013 y
enero 2014 fueron los siguientes:
en la ciudad durante los meses de diciembre del 2013 y
enero 2014 fueron los siguientes:
Diciembre
2013
8/12/2013
Lugar: Rosario esquina Virgilio desde las 5.20 hs. hasta las
8.20 hs.
Detalles: 64 conductores controlados; 3 alcoholemias (+);
6 autos y 3 motos retenidos; 13 actas por infracciones
15/12/2013
Lugar: Av. San Martín esq. Tucumán desde las 5.20 hs
hasta las 6.30 hs.
Detalles: 38 conductores controlados; 2 alcoholemias (+);
1 auto y 3 motos retenidos; 9 actas por infracciones.
22/12/2013 (*)
Lugar: Rosario esq. Virgilio desde las 5.30 hs. hasta
las 8.20 hs.
Detalles: 75 conductores controlados; 3 alcoholemias (+)
4 autos y 2 motos retenidos; 10 actas por infracciones.
Enero 2014:
5/01/2014
Lugar: Libertad 8 (El Triángulo) desde las 5.30 hs. hasta las
8.30 hs.
Detalles: 126 conductores controlados; 12 alcoholemias (+)
8 autos y 2 motos retenidos; 29 actas por infracciones.
12/01/2014
Lugar: San Martín esq. Tucumán desde las 5.20 hs. hasta las
8.50 hs.
Detalles: 132 conductores controlados; 5 alcoholemias (+)
10 autos retenidos; 28 actas por infracciones.
19/01/2014
Lugar: Libertad 8 (El Triángulo) desde las 5.30 hs. hasta las
9.15 hs.
Detalles: 132 conductores controlados; 25 alcoholemias (+);
21 autos retenidos; 33 actas por infracciones.
26/01/2014
Lugar: Libertad 45 rotonda Alberdi y alrededores desde las
5.30 hs. hasta las 9.00 hs.
Detalles: 114 conductores controlados; 18 alcoholemias (+);
18 autos y 1 moto retenidos; 26 actas por infracciones.
(*) Integrantes de la ONG asistieron en calidad de veedores.
8/12/2013
Lugar: Rosario esquina Virgilio desde las 5.20 hs. hasta las
8.20 hs.
Detalles: 64 conductores controlados; 3 alcoholemias (+);
6 autos y 3 motos retenidos; 13 actas por infracciones
15/12/2013
Lugar: Av. San Martín esq. Tucumán desde las 5.20 hs
hasta las 6.30 hs.
Detalles: 38 conductores controlados; 2 alcoholemias (+);
1 auto y 3 motos retenidos; 9 actas por infracciones.
22/12/2013 (*)
Lugar: Rosario esq. Virgilio desde las 5.30 hs. hasta
las 8.20 hs.
Detalles: 75 conductores controlados; 3 alcoholemias (+)
4 autos y 2 motos retenidos; 10 actas por infracciones.
Enero 2014:
5/01/2014
Lugar: Libertad 8 (El Triángulo) desde las 5.30 hs. hasta las
8.30 hs.
Detalles: 126 conductores controlados; 12 alcoholemias (+)
8 autos y 2 motos retenidos; 29 actas por infracciones.
12/01/2014
Lugar: San Martín esq. Tucumán desde las 5.20 hs. hasta las
8.50 hs.
Detalles: 132 conductores controlados; 5 alcoholemias (+)
10 autos retenidos; 28 actas por infracciones.
19/01/2014
Lugar: Libertad 8 (El Triángulo) desde las 5.30 hs. hasta las
9.15 hs.
Detalles: 132 conductores controlados; 25 alcoholemias (+);
21 autos retenidos; 33 actas por infracciones.
26/01/2014
Lugar: Libertad 45 rotonda Alberdi y alrededores desde las
5.30 hs. hasta las 9.00 hs.
Detalles: 114 conductores controlados; 18 alcoholemias (+);
18 autos y 1 moto retenidos; 26 actas por infracciones.
(*) Integrantes de la ONG asistieron en calidad de veedores.
*
* *
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Gacetilla de Prensa Nº 90 23.12.2013
Se comunica que en la fecha se envió la nota que se adjunta.
Gacetilla de Prensa Nº 89 23.12.2013
Se informa que el 22 de diciembre de 2013 integrantes de la ONG asistieron en calidad de veedores al control de alcoholemia realizado en la intersección de las calles Rosario y Virgilio, Villa Carlos Paz.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 88 20.12.2013
Se informa que el 20 de diciembre de 2013 integrantes de la ONG mantuvieron una reunión en el Municipio de Villa Carlos Paz con el Secretario General, Dr. Jorge Sebastián Guruceta; el Director de Inspectoría General, Dr. Juan Carlos Zoppetti y el Sr. Vargas, a cargo de Tránsito.
*
* *
Gacetilla de Prensa Nº 87 19.12.2013
Se comunica que el 19 de diciembre de 2013 integrantes de la ONG asistieron a la sesión del Parlamento Juvenil de Villa Carlos Paz.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 86 17.12.2013
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 85 5.12.2013
Se comunica que de acuerdo a lo informado por el área de Prensa del Municipio de Villa Carlos Paz, los controles de alcoholemia llevados a cabo en la ciudad durante el mes de noviembre fueron los siguientes:
3/11/2013 (*)
Lugar: Av. San Martín y Tucumán desde las 5.30 hs. hasta
las 7.30 hs.
Detalles: 62 conductores controlados; 1 alcoholemia (+); 2 autos
retenidos; 9 actas por infracciones.
12/11/2013 (*)
Lugar: Av. Atlántica y 25 de mayo (Costanera), desde las
20.30 hs. hasta las 23.20 hs.
Detalles: 56 conductores controlados; 0 alcoholemia (+);
3 motos retenidas; 19 actas labradas por infracciones.
16/11/2013
Lugar: Av. San Martín y Tucumán desde las 5.10 hs. hasta las
8 hs.
Detalles: 54 conductores controlados; 5 alcoholemias (+);
1 auto retenido; 6 actas por infracciones.
24/11/2013 (*)
Lugar: 1º) Av. Atlántica y 25 de mayo y 2º) en Colón y Mitre
desde las 0.38 hs. hasta las 6:10 hs.
Detalles: 135 conductores controlados; 5 alcoholemias (+);
1 auto y 7 motos retenidos; 47 actas labradas por
infracciones.
(*) Integrantes de la ONG asistieron en calidad de veedores
Gacetilla de Prensa Nº 84 4.12.2013
Se informa que en la fecha se envió la nota que se adjunta y las respectivas copias.
Se informa que el 29 de noviembre de 2013 integrantes de la ONG mantuvieron una reunión en el Municipio de Villa Carlos Paz con el Secretario General, Dr. Jorge Sebastián Guruceta; el Subcomisario Funes de la Unidad Departamental Punilla; el concejal Adrián Lizarriturri; el Director de Inspectoría General, Dr. Juan Carlos Zoppetti y el Sr. Vargas, a cargo de Tránsito.
En la oportunidad se abordaron temas relacionados a la prevención en seguridad vial, consumo de alcohol al volante e ingesta de alcohol en menores.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 82 30.11.2013
Se informa que el 29 de noviembre de 2013 e invitados por alumnos de 3er. año del Instituto Parroquial Bernardo D´Elía de Villa Carlos Paz y la profesora Claudia Fuse, integrantes de la ONG brindaron la Charla-Debate: "Hablemos de Alcohol" a los cuatro cursos de 2º año de la institución junto a otros profesores.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 81 28.11.2013
Se informa que representante de la ONG asistió a la 18ª entrega de Premios Luchemos por la Vida llevada a cabo el martes 26 de noviembre de 2013 a las 19 hs. en el salón auditorio de UCEMA, Reconquista 775, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 80 25.11.2013
Se informa que integrantes de la ONG asistieron en calidad de veedores al operativo de control de alcoholemia realizado el 24 de noviembre de 2013 en Av. Atlántica y 25 de mayo y posteriormente trasladado a Av. Sarmiento y Mitre, Villa Carlos Paz.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 79 22.11.2013
Se informa que con fecha 21 de noviembre de 2013, representante de la ONG disertó en el marco de la Jornada "Memoria puesta en Acción". La misma fue organizada por el Centro de Tránsito Municipal de la ciudad de Córdoba y se realizó en conmemoración del Día Mundial en Recuerdo de las Víctimas de Tránsito.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 78 18.11.2013
Se informa que con fecha 16 de noviembre, la ONG ha concurrido a los siguientes eventos:
Gacetilla de Prensa Nº 77 18.11.2013
Se comunica que integrantes de la ONG han participado de los siguientes eventos en conmemoración del Día Mundial de las Víctimas de Tránsito:
15.11.2013
IV TweetUP por la #Seguridadvial: Encuentro mundial vía Twitter con organizaciones e instituciones relacionadas a la temática a fin de brindar en forma comunitaria conceptos relacionados a la prevención.
17.11.2013
Día Mundial de las Víctimas de Tránsito: invitados por la ONG Huellas de Vida y, junto a otras organizaciones, se asistió al evento llevado a cabo en Avenida Vélez Sarsfield y Bulevar San Juan, Córdoba. En la oportunidad se distribuyeron folletos y conceptos preventivos.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 76 13.11.2013
Se comunica que integrantes de la ONG asistieron en calidad de veedores al control de alcoholemia llevado a cabo en el día de ayer en la ciudad de Villa Carlos Paz y el cual se efectivizó en dos etapas:
Se comunica que
el 17 de diciembre de 2013 la
Municipalidad de Córdoba ha distinguido a Concientizar Para Prevenir en
reconocimiento a las tareas de concientización que
realiza a fin de contribuir con el cuidado de la vida humana.
Asimismo se ha recibido por parte del Centro de Capacitación de Transporte y Tránsito de Córdoba el Certificado de participación en la Jornada "Memoria puesta en Acción" llevada cabo en dicho ámbito en noviembre del 2013. Se
adjunta la mencionada documentación.
Gacetilla de Prensa Nº 85 5.12.2013
Se comunica que de acuerdo a lo informado por el área de Prensa del Municipio de Villa Carlos Paz, los controles de alcoholemia llevados a cabo en la ciudad durante el mes de noviembre fueron los siguientes:
3/11/2013 (*)
Lugar: Av. San Martín y Tucumán desde las 5.30 hs. hasta
las 7.30 hs.
Detalles: 62 conductores controlados; 1 alcoholemia (+); 2 autos
retenidos; 9 actas por infracciones.
12/11/2013 (*)
Lugar: Av. Atlántica y 25 de mayo (Costanera), desde las
20.30 hs. hasta las 23.20 hs.
Detalles: 56 conductores controlados; 0 alcoholemia (+);
3 motos retenidas; 19 actas labradas por infracciones.
16/11/2013
Lugar: Av. San Martín y Tucumán desde las 5.10 hs. hasta las
8 hs.
Detalles: 54 conductores controlados; 5 alcoholemias (+);
1 auto retenido; 6 actas por infracciones.
24/11/2013 (*)
Lugar: 1º) Av. Atlántica y 25 de mayo y 2º) en Colón y Mitre
desde las 0.38 hs. hasta las 6:10 hs.
Detalles: 135 conductores controlados; 5 alcoholemias (+);
1 auto y 7 motos retenidos; 47 actas labradas por
infracciones.
(*) Integrantes de la ONG asistieron en calidad de veedores
*
* *
Se informa que en la fecha se envió la nota que se adjunta y las respectivas copias.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 83 30.11.2013Se informa que el 29 de noviembre de 2013 integrantes de la ONG mantuvieron una reunión en el Municipio de Villa Carlos Paz con el Secretario General, Dr. Jorge Sebastián Guruceta; el Subcomisario Funes de la Unidad Departamental Punilla; el concejal Adrián Lizarriturri; el Director de Inspectoría General, Dr. Juan Carlos Zoppetti y el Sr. Vargas, a cargo de Tránsito.
En la oportunidad se abordaron temas relacionados a la prevención en seguridad vial, consumo de alcohol al volante e ingesta de alcohol en menores.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 82 30.11.2013
Se informa que el 29 de noviembre de 2013 e invitados por alumnos de 3er. año del Instituto Parroquial Bernardo D´Elía de Villa Carlos Paz y la profesora Claudia Fuse, integrantes de la ONG brindaron la Charla-Debate: "Hablemos de Alcohol" a los cuatro cursos de 2º año de la institución junto a otros profesores.
* * *
Se informa que representante de la ONG asistió a la 18ª entrega de Premios Luchemos por la Vida llevada a cabo el martes 26 de noviembre de 2013 a las 19 hs. en el salón auditorio de UCEMA, Reconquista 775, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 80 25.11.2013
Se informa que integrantes de la ONG asistieron en calidad de veedores al operativo de control de alcoholemia realizado el 24 de noviembre de 2013 en Av. Atlántica y 25 de mayo y posteriormente trasladado a Av. Sarmiento y Mitre, Villa Carlos Paz.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 79 22.11.2013
Se informa que con fecha 21 de noviembre de 2013, representante de la ONG disertó en el marco de la Jornada "Memoria puesta en Acción". La misma fue organizada por el Centro de Tránsito Municipal de la ciudad de Córdoba y se realizó en conmemoración del Día Mundial en Recuerdo de las Víctimas de Tránsito.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 78 18.11.2013
Se informa que con fecha 16 de noviembre, la ONG ha concurrido a los siguientes eventos:
- Día de la Policía de Córdoba: Asistencia al acto llevado a cabo en la Unidad Regional Punilla, Villa Carlos Paz.
- 2º Encuentro Nacional de Municipios Preventores: Como integrantes de la Red Viva, se asistió al evento donde los municipios concurrentes brindaron sus experiencias y expectativas respecto de poder fortalecer las comunidades con respecto al tema adicciones de sustancias.
Gacetilla de Prensa Nº 77 18.11.2013
Se comunica que integrantes de la ONG han participado de los siguientes eventos en conmemoración del Día Mundial de las Víctimas de Tránsito:
15.11.2013
IV TweetUP por la #Seguridadvial: Encuentro mundial vía Twitter con organizaciones e instituciones relacionadas a la temática a fin de brindar en forma comunitaria conceptos relacionados a la prevención.
17.11.2013
Día Mundial de las Víctimas de Tránsito: invitados por la ONG Huellas de Vida y, junto a otras organizaciones, se asistió al evento llevado a cabo en Avenida Vélez Sarsfield y Bulevar San Juan, Córdoba. En la oportunidad se distribuyeron folletos y conceptos preventivos.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 76 13.11.2013
Se comunica que integrantes de la ONG asistieron en calidad de veedores al control de alcoholemia llevado a cabo en el día de ayer en la ciudad de Villa Carlos Paz y el cual se efectivizó en dos etapas:
- 1ra. etapa: Costanera esq. 25 de mayo
- 2da. etapa: Av. Sarmiento y Roma
*
* *
Gacetilla de Prensa Nº 75 4.11.2013
Se comunica que en la fecha se ha entregado la nota que se adjunta.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 74 4.11.2013
Se comunica que integrantes de la ONG estuvieron presentes en calidad de veedores en el control de alcoholemia llevado a cabo el 3 de noviembre del 2013 en Av. San Martín y Tucumán, Villa Carlos Paz.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 73 1.11.2013
Se comunica que la ONG brindó charlas de concientización en seguridad vial y consumo responsable de alcohol de acuerdo al siguiente detalle:
31.10.2013:
Escuela primaria José de San Martín, Villa Carlos Paz, alumnos de 1º, 2º 3º grados del turno tarde.
1.11.2013:
Escuela primaria José de San Martín, Villa Carlos Paz, alumnos de 5º y 6º grados del turno mañana.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 72 1.11.2013
Se comunica que, de acuerdo a lo informado por el área de Prensa del Municipio de Villa Carlos Paz, los controles de alcoholemia llevados a cabo en la ciudad durante el mes de octubre fueron los siguientes:5/10/2013
Lugar: Rosario y Goldoni desde las 5.00 hs. hasta las 7.00 hs
Detalles: 30 conductores controlados; 0 alcoholemias (+);
no se retuvieron vehículos y se labró 1 acta
por infracción.
13/10/2013
Lugar: Av. San Martín y Tucumán desde las 5.20 hs. hasta
las 8.30 hs.
Detalles: 99 conductores controlados; 5 alcoholemias (+); 5 autos
y 2 motos retenidos.
20/10/2013
Lugar: Rosario y Virgilio desde las 5.30 hs. hasta las 8.30 hs.
Detalles: 113 conductores controlados; 6 alcoholemias (+); 3 autos
y 3 motos retenidos; 11 actas labradas por infracciones.
26/10/2013
Lugar: Av. San Martín y Tucumán desde las 5.20 hs. hasta
las 8.30 hs.
Detalles: 83 conductores controlados; 4 alcoholemias (+); 3 autos
retenidos; 9 actas por infracciones.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 71 27.10.2013
Se informa que el 26 de octubre de 2013 integrantes de la ONG asistieron en calidad de veedores al control de alcoholemia llevado a cabo en San Martín y Tucumán, Villa Carlos Paz.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 70 27.10.2013
Se comunica que el 25 de octubre de 2013 integrantes de la ONG brindaron charla de concientización a los 3 cursos de los 5º grados de la Escuela Primaria Parroquial Margarita A. de Paz de Villa Carlos Paz.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 69 26.10.2013
Se comunica que con fecha 25 de octubre de 2013 los integrantes de la ONG mantuvieron una reunión con el Secretario General del Municipio de Villa Carlos Paz, Dr. Jorge Sebastián Guruceta, el Director de Inspectoría General, Dr. Juan Carlos Zoppetti y el Sr. Vargas, a cargo del área Tránsito.
En la oportunidad se realizó seguimiento de los temas de prevención abordados por la ONG.
Se comunica que con fecha 25 de octubre de 2013 los integrantes de la ONG mantuvieron una reunión con el Secretario General del Municipio de Villa Carlos Paz, Dr. Jorge Sebastián Guruceta, el Director de Inspectoría General, Dr. Juan Carlos Zoppetti y el Sr. Vargas, a cargo del área Tránsito.
En la oportunidad se realizó seguimiento de los temas de prevención abordados por la ONG.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 68 25.10.2013
Se comunica que el 24 de octubre de 2013 se llevó a cabo en el Sanatorio del Salvador, el evento "Conciencia vial del PEATÓN", organizado por Acción Cívica Córdoba.
Durante el mismo disertaron:
Gacetilla de Prensa Nº 67 17.10.2013
Gacetilla de Prensa Nº 68 25.10.2013
Se comunica que el 24 de octubre de 2013 se llevó a cabo en el Sanatorio del Salvador, el evento "Conciencia vial del PEATÓN", organizado por Acción Cívica Córdoba.
Durante el mismo disertaron:
- Isabel Cano, Técnica en Seguridad Vial, quien abordó la temática de las distracciones y la conducta de no respetar las señales de tránsito, y
- María Teresa Cedrola, representante de Concientizar Para Prevenir, quien se explayó sobre el origen de la ONG y una mirada integral sobre el consumo responsable de alcohol desde la gestación a la adultez.
*
* *
Gacetilla de Prensa Nº 67 17.10.2013
Se comunica que en el día de ayer la ONG estuvo presente en el evento ¿Qué te inspira? llevado a cabo en el auditorio de la Universidad Siglo 21 de Córdoba.
Durante el mismo, 8 expositores vinculados con el área de Responsabilidad Social Universitaria disertaron sobre la inspiración que los llevó a desear modificar realidades para generar cambios positivos en el campo social.
Durante el mismo, 8 expositores vinculados con el área de Responsabilidad Social Universitaria disertaron sobre la inspiración que los llevó a desear modificar realidades para generar cambios positivos en el campo social.
En la oportunidad María Noel Vélez, alumna de la Universidad y quien cursara la materia Práctica Solidaria en Concientizar Para Prevenir, relató cómo a partir de un siniestro vial se transformó su mirada de la realidad y fundó junto a otros jóvenes la ONG Huellas de Vida.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 66 15.10.2013
Se comunica que en la fecha se han enviado las notas que se adjuntan.
Gacetilla de Prensa Nº 65 07.10.2013
Se informa que, continuando con el seguimiento de temas de prevención en: seguridad vial, el consumo de alcohol al volante y la ingesta de alcohol en menores, la ONG se reunió con las siguientes entidades públicas:
4.10.2013
Secretario General del Municipio, Dr. Sebastián Guruceta y funcionarios de áreas municipales.
7.10.2013
Presidente del Concejo de Representantes, Lic. Walter Gispert.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 64 02.10.2013
De acuerdo a lo informado por el área de Prensa del Municipio de Villa Carlos Paz, se comunica que los controles de alcoholemia realizados durante el mes de septiembre fueron los siguientes:
01.09.2013
Lugar: Av. Libertad y General Paz. Desde las 5:30 hs. hasta
las 8:00 hs.
Detalles: 44 conductores controlados: 4 alcoholemias (+);
1 moto retenida y 12 actas por infracciones.
08.09.2013
Lugar: Sarmiento entre Roma y Mitre Desde las 5:20 hs. hasta
las 8.00 hs.
Detalles: 92 conductores controlados: 8 alcoholemias (+); 1 auto
y 3 motos retenidos; 10 actas labradas, 14 infracciones.
15.09.2013
Lugar: Av. San Martín y Tucumán. Desde las 5:20 hs. hasta
las 7:00 hs.
Detalles: 42 conductores controlados: 3 alcoholemias (+);
1 moto retenida; 5 actas por infracciones.
23.09.2013
Lugar: Av. San Martín y Tucumán. Desde las 5:30 hs. hasta
las 9.00 hs.
Detalles: 128 conductores controlados: 8 alcoholemias (+);
4 autos retenidos; 21 actas por infracciones.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 63 01.10.2013
Se informa que en la fecha se envió la nota que se adjunta.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 62 23.09.2013
CPP informa que ha implementado una nueva modalidad de trabajo titulada:
Felicitamos y agradecemos nuevamente a las autoridades escolares quienes nos convocaron aceptando la modalidad de trabajo sugerida por nuestra organización.
Gacetilla de Prensa Nº 61 20.09.2013
Se comunica que los días 17 y 20 de septiembre integrantes de la ONG han participado nuevamente de las reuniones organizativas de la Fiesta de la Primavera 2013.
CPP colaborará en el evento brindando material de prevención en seguridad vial y consumo responsable de alcohol a quienes visiten el gazebo principal del Parque de Asistencia de la Costanera de la ciudad.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 60 14.09.2013
Se comunica que integrantes de la ONG han participado de las siguientes actividades:
10 y 13.09.2013
Asistencia a reuniones organizativas de la Fiesta de la Primavera 2013
13.09.2013
Asistencia a la 4ta. Jornada de Capacitación en Adicciones Valle de Punilla
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 59 9.09.2013
Se comunica que en la fecha se han enviado las notas que se adjuntan.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 58 7.09.2013
De acuerdo a lo informado por el área de Prensa del Municipio de Villa Carlos Paz, se comunica que los controles de alcoholemia realizados durante el mes de agosto fueron los siguientes:
3.08.2013
Lugar: Av. San Martín y Tucumán. Desde las 5:30 hs. hasta las 8:30 hs.
Detalles: 68 vehículos controlados; 4 alcoholemias (+); 1 auto retenido y 10 actas por infracciones.
9.08.2013
Lugar: Puente central. Desde las 23:40 hs. hasta las 2:15 hs. (*)
Detalles: 35 vehículos controlados; 2 alcoholemias (+); 1 auto retenido; 5 actas por infracciones.
(*) Integrantes de CPP asistieron en calidad de veedores. Los mismos participaron como observadores desde el comienzo del operativo el que fue situado en 1ra. instancia en Av. Atlántica (altura Restaurant Junior B). A las 00:15 hs. fue trasladado hasta el Puente central.
17.08.2013
Lugar: Av. Libertad y Alberdi. Desde las 5:30 hs. a 7:00 hs.
Detalles: 43 vehículos controlados; 2 alcoholemias (+); 1 auto y 1 moto retenidos; 4 actas por infracciones.
31.08.2013
Lugar: Roma y Sierra de la Ventana Bº Colinas. Desde las 17.45 hs. hasta las 21 hs.
Detalles: 45 vehículos controlados; 1 alcoholemia (+); 1 moto retenida; 10 actas por infracciones.
(*) Integrantes de CPP asistieron en calidad de veedores.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 57 7.09.2013
Se comunica que integrantes de la ONG han brindado charlas de concientización en las siguientes instituciones:
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 56 2.09.2013
Se comunica que la ONG ha llevado a cabo las siguientes actividades:
30.08.2013
Gacetilla de Prensa Nº 64 02.10.2013
De acuerdo a lo informado por el área de Prensa del Municipio de Villa Carlos Paz, se comunica que los controles de alcoholemia realizados durante el mes de septiembre fueron los siguientes:
01.09.2013
Lugar: Av. Libertad y General Paz. Desde las 5:30 hs. hasta
las 8:00 hs.
Detalles: 44 conductores controlados: 4 alcoholemias (+);
1 moto retenida y 12 actas por infracciones.
08.09.2013
Lugar: Sarmiento entre Roma y Mitre Desde las 5:20 hs. hasta
las 8.00 hs.
Detalles: 92 conductores controlados: 8 alcoholemias (+); 1 auto
y 3 motos retenidos; 10 actas labradas, 14 infracciones.
15.09.2013
Lugar: Av. San Martín y Tucumán. Desde las 5:20 hs. hasta
las 7:00 hs.
Detalles: 42 conductores controlados: 3 alcoholemias (+);
1 moto retenida; 5 actas por infracciones.
23.09.2013
Lugar: Av. San Martín y Tucumán. Desde las 5:30 hs. hasta
las 9.00 hs.
Detalles: 128 conductores controlados: 8 alcoholemias (+);
4 autos retenidos; 21 actas por infracciones.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 63 01.10.2013
Se informa que en la fecha se envió la nota que se adjunta.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 62 23.09.2013
CPP informa que ha implementado una nueva modalidad de trabajo titulada:
Charlas-Debate: "Hablemos de Alcohol"
Las mismas se llevaron a cabo en tres oportunidades en el marco previo a los viajes de estudio programados por las escuelas secundarias que se mencionan a continuación:
- 05/09/2013 Instituto de Enseñanza Secundaria y Superior: 5º A y B + Padres
- 13/09/2013 Instituto Parroquial Bernardo D´Elía: Padres de alumnos de 3º años
- 23/0972013 Instituto de Enseñanza Secundaria y Superior: 5º C y D + Padres
Felicitamos y agradecemos nuevamente a las autoridades escolares quienes nos convocaron aceptando la modalidad de trabajo sugerida por nuestra organización.
*
* *
Gacetilla de Prensa Nº 61 20.09.2013
Se comunica que los días 17 y 20 de septiembre integrantes de la ONG han participado nuevamente de las reuniones organizativas de la Fiesta de la Primavera 2013.
CPP colaborará en el evento brindando material de prevención en seguridad vial y consumo responsable de alcohol a quienes visiten el gazebo principal del Parque de Asistencia de la Costanera de la ciudad.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 60 14.09.2013
Se comunica que integrantes de la ONG han participado de las siguientes actividades:
10 y 13.09.2013
Asistencia a reuniones organizativas de la Fiesta de la Primavera 2013
13.09.2013
Asistencia a la 4ta. Jornada de Capacitación en Adicciones Valle de Punilla
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 59 9.09.2013
Se comunica que en la fecha se han enviado las notas que se adjuntan.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 58 7.09.2013
De acuerdo a lo informado por el área de Prensa del Municipio de Villa Carlos Paz, se comunica que los controles de alcoholemia realizados durante el mes de agosto fueron los siguientes:
3.08.2013
Lugar: Av. San Martín y Tucumán. Desde las 5:30 hs. hasta las 8:30 hs.
Detalles: 68 vehículos controlados; 4 alcoholemias (+); 1 auto retenido y 10 actas por infracciones.
9.08.2013
Lugar: Puente central. Desde las 23:40 hs. hasta las 2:15 hs. (*)
Detalles: 35 vehículos controlados; 2 alcoholemias (+); 1 auto retenido; 5 actas por infracciones.
(*) Integrantes de CPP asistieron en calidad de veedores. Los mismos participaron como observadores desde el comienzo del operativo el que fue situado en 1ra. instancia en Av. Atlántica (altura Restaurant Junior B). A las 00:15 hs. fue trasladado hasta el Puente central.
17.08.2013
Lugar: Av. Libertad y Alberdi. Desde las 5:30 hs. a 7:00 hs.
Detalles: 43 vehículos controlados; 2 alcoholemias (+); 1 auto y 1 moto retenidos; 4 actas por infracciones.
31.08.2013
Lugar: Roma y Sierra de la Ventana Bº Colinas. Desde las 17.45 hs. hasta las 21 hs.
Detalles: 45 vehículos controlados; 1 alcoholemia (+); 1 moto retenida; 10 actas por infracciones.
(*) Integrantes de CPP asistieron en calidad de veedores.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 57 7.09.2013
Se comunica que integrantes de la ONG han brindado charlas de concientización en las siguientes instituciones:
- IPEM 117 Dante Bonati de Icho Cruz, 4º y 5º años turno mañana
- Escuela primaria Domingo Faustino Sarmiento de Tanti, 5º y 6º grados del turno tarde
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 56 2.09.2013
Se comunica que la ONG ha llevado a cabo las siguientes actividades:
30.08.2013
. Reunión con el Juez de Control y Menores, Dr. Daniel Strassorier
. Reunión con el Director de Inspectoría General del Municipio
de Villa Carlos Paz
31.08.2013 y 1º.09.2013
. Asistencia a controles de alcoholemia en calidad de veedores
2.09.2013
. Reunión con el Concejal Adrián Lizarriturri
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 55 1.09.2013
Se comunica que el viernes 30 de agosto del 2013 integrantes de la ONG brindaron charla de concientización a los alumnos de 4º grado del turno tarde de la Escuela primaria Domingo Faustino Sarmiento de la localidad de Tanti.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 54 28.08.2013
Se comunica que la ONG ha llevado a cabo las siguientes actividades:
26.08.2013:
Charla de concientización a los nuevos estudiantes de la
Universidad Siglo 21 quienes cursarán la materia Práctica Solidaria
en nuestra ONG. En la oportunidad también estuvieron presentes
alumnas de LA METRO, quienes presentaron proyecto de
realización de tesis basado en la tarea de CPP.
28.08.2013:
Charla de concientización a los alumnos de los 6º grados del turno mañana de la Escuela primaria Domingo Faustino Sarmiento de Tanti.
Gacetilla de Prensa Nº 53 26.08.2013
Se comunica que integrantes de la organización han brindado charlas de concientización en la Escuela primaria Domingo Faustino Sarmiento de la localidad de Tanti, de acuerdo al siguiente detalle:
. 23.08.2013
Alumnos de los 4º grados del turno mañana.
. 26.08.2013:
Alumnos de los 5º grados del turno mañana.
. Reunión con el Director de Inspectoría General del Municipio
de Villa Carlos Paz
31.08.2013 y 1º.09.2013
. Asistencia a controles de alcoholemia en calidad de veedores
2.09.2013
. Reunión con el Concejal Adrián Lizarriturri
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 55 1.09.2013
Se comunica que el viernes 30 de agosto del 2013 integrantes de la ONG brindaron charla de concientización a los alumnos de 4º grado del turno tarde de la Escuela primaria Domingo Faustino Sarmiento de la localidad de Tanti.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 54 28.08.2013
Se comunica que la ONG ha llevado a cabo las siguientes actividades:
26.08.2013:
Charla de concientización a los nuevos estudiantes de la
Universidad Siglo 21 quienes cursarán la materia Práctica Solidaria
en nuestra ONG. En la oportunidad también estuvieron presentes
alumnas de LA METRO, quienes presentaron proyecto de
realización de tesis basado en la tarea de CPP.
28.08.2013:
Charla de concientización a los alumnos de los 6º grados del turno mañana de la Escuela primaria Domingo Faustino Sarmiento de Tanti.
Con gran alegría y satisfacción anunciamos que en la fecha hemos superado la cantidad de 10.000 niños y jóvenes quienes han recibido material de prevención en el cuidado de la vida humana.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 53 26.08.2013
Se comunica que integrantes de la organización han brindado charlas de concientización en la Escuela primaria Domingo Faustino Sarmiento de la localidad de Tanti, de acuerdo al siguiente detalle:
. 23.08.2013
Alumnos de los 4º grados del turno mañana.
. 26.08.2013:
Alumnos de los 5º grados del turno mañana.
Como es habitual, se entregó al cuerpo docente material alusivo a los temas que trata la ONG.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 52 21.08.2013
Se comunica que la ONG ha enviado las notas que se adjuntan.(*)
(*) En relación al Concejo de Representantes, se aclara que los 11 miembros del cuerpo han recibido la solicitud de audiencia que a título de muestra se publica en esta Gacetilla.
Gacetilla de Prensa Nº 51 16.08.2013
Se comunica que en la fecha e invitados por A.S.H.O.G.A. y la Parroquia Nuestra Señora del Carmen, nuestra organización participó de la Tercera Procesión Lacustre y posterior misa, en honor a San Roque Vicepatrono de la ciudad de Villa Carlos Paz.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 50 16.08.2013
Se informa que la ONG ha brindado charlas de concientización
en las siguientes instituciones:
15.08.2013:
:. Escuela primaria Dr. Cosme Argerich de Villa Santa Cruz del
Lago, alumnos de 1º a 4º grados del turno tarde.
:. Escuela primaria Dr. Cosme Argerich de Villa Santa Cruz del
Lago, alumnos de 5º y 6º grados del turno tarde.
16.08.2013:
:. Escuela primaria Teniente Benjamín Matienzo de Santa
María de Punilla, alumnos de 1º a 6º grados de aulas integradas.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 52 21.08.2013
Se comunica que la ONG ha enviado las notas que se adjuntan.(*)
(*) En relación al Concejo de Representantes, se aclara que los 11 miembros del cuerpo han recibido la solicitud de audiencia que a título de muestra se publica en esta Gacetilla.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 51 16.08.2013
Se comunica que en la fecha e invitados por A.S.H.O.G.A. y la Parroquia Nuestra Señora del Carmen, nuestra organización participó de la Tercera Procesión Lacustre y posterior misa, en honor a San Roque Vicepatrono de la ciudad de Villa Carlos Paz.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 50 16.08.2013
Se informa que la ONG ha brindado charlas de concientización
en las siguientes instituciones:
15.08.2013:
:. Escuela primaria Dr. Cosme Argerich de Villa Santa Cruz del
Lago, alumnos de 1º a 4º grados del turno tarde.
:. Escuela primaria Dr. Cosme Argerich de Villa Santa Cruz del
Lago, alumnos de 5º y 6º grados del turno tarde.
16.08.2013:
:. Escuela primaria Teniente Benjamín Matienzo de Santa
María de Punilla, alumnos de 1º a 6º grados de aulas integradas.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 49 11.08.2013
Se informa que la ONG llevó a cabo las siguientes actividades:
9.8.2013:
:. Reunión con el Secretario General del Municipio de Villa
Carlos Paz, Dr. Sebastián Guruceta, Concejal Hugo Bustos y
el Director de Inspectoría General, Dr. Juan Carlos Zoppetti.
:. Asistencia en calidad de veedores al control de alcoholemia
comenzado en la costanera y luego continuado en la
intersección de Av. Sabattini y Av. 9 de julio, Villa Carlos Paz.
10.08.2013:
:. Invitados por A.S.H.O.GA., asistencia al evento en celebración
de su 43º aniversario realizado en Plaza de Los Fundadores.
:. Reunión en La Casa de la Juventud con los parlamentarios
juveniles.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 48 10.08.2013
Se comunica que la ONG ha brindado charlas de concientización en las siguientes instituciones:
8.8.2013
:. Escuela primaria Dr. Cosme Argerich, Villa Santa Cruz del Lago:
1º a 4º grados
:. Escuela primaria Dr. Cosme Argerich, Villa Santa Cruz del Lago:
5º y 6º grados.
9.8.2013
:. Escuela Nueva, Bº Centro Los Inquilinos, Villa Carlos Paz: padres
de la comunidad y alumnos de 6º grado.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 47 6.08.2013
Se comunica que con fecha 5.08.2013 nuestra organización asistió a la 3er.reunión anual convocada por la Red Viva.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 46 1.08.2013
De acuerdo a lo informado por el área de Prensa del Municipio de Villa Carlos Paz, se comunica que los controles de alcoholemia realizados durante el mes de julio fueron los siguientes:
7.07.2013
Lugar: Av. San Martín y Tucumán. Desde las 5:15 hs. a 8:50 hs.
Detalles: 81 vehículos controlados; 9 alcoholemias (+) (8%); 8 autos retenidos y 13 actas por infracciones.
14.07.2013
Lugar: Sarmiento y Mitre. Desde las 5:15 hs. a 8:30 hs.
Detalles: 70 vehículos controlados; 10 alcoholemias (+) (14,28%); 8 autos y 3 motos retenidos; 15 actas por infracciones.
21.07.2013
Lugar: Av. San Martín y Tucumán. Desde las 5.30 hs. a 8.30 hs.
Detalles: 92 vehículos controlados; 7 alcoholemias (+); 4 autos y 1 moto retenidos; 17 actas por infracciones.
Gacetilla de Prensa Nº 45 31.07.2013
Se comunica que con fecha 30.07.2013 integrantes de nuestra ONG brindaron charla de concientización en el Polideportivo Municipal de la ciudad de Villa Carlos Paz a deportistas de vóley comprendidos entre las edades 15 a 19 años acompañados de su profesor.
Se informa que la ONG llevó a cabo las siguientes actividades:
9.8.2013:
:. Reunión con el Secretario General del Municipio de Villa
Carlos Paz, Dr. Sebastián Guruceta, Concejal Hugo Bustos y
el Director de Inspectoría General, Dr. Juan Carlos Zoppetti.
:. Asistencia en calidad de veedores al control de alcoholemia
comenzado en la costanera y luego continuado en la
intersección de Av. Sabattini y Av. 9 de julio, Villa Carlos Paz.
10.08.2013:
:. Invitados por A.S.H.O.GA., asistencia al evento en celebración
de su 43º aniversario realizado en Plaza de Los Fundadores.
:. Reunión en La Casa de la Juventud con los parlamentarios
juveniles.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 48 10.08.2013
Se comunica que la ONG ha brindado charlas de concientización en las siguientes instituciones:
8.8.2013
:. Escuela primaria Dr. Cosme Argerich, Villa Santa Cruz del Lago:
1º a 4º grados
:. Escuela primaria Dr. Cosme Argerich, Villa Santa Cruz del Lago:
5º y 6º grados.
9.8.2013
:. Escuela Nueva, Bº Centro Los Inquilinos, Villa Carlos Paz: padres
de la comunidad y alumnos de 6º grado.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 47 6.08.2013
Se comunica que con fecha 5.08.2013 nuestra organización asistió a la 3er.reunión anual convocada por la Red Viva.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 46 1.08.2013
De acuerdo a lo informado por el área de Prensa del Municipio de Villa Carlos Paz, se comunica que los controles de alcoholemia realizados durante el mes de julio fueron los siguientes:
7.07.2013
Lugar: Av. San Martín y Tucumán. Desde las 5:15 hs. a 8:50 hs.
Detalles: 81 vehículos controlados; 9 alcoholemias (+) (8%); 8 autos retenidos y 13 actas por infracciones.
14.07.2013
Lugar: Sarmiento y Mitre. Desde las 5:15 hs. a 8:30 hs.
Detalles: 70 vehículos controlados; 10 alcoholemias (+) (14,28%); 8 autos y 3 motos retenidos; 15 actas por infracciones.
21.07.2013
Lugar: Av. San Martín y Tucumán. Desde las 5.30 hs. a 8.30 hs.
Detalles: 92 vehículos controlados; 7 alcoholemias (+); 4 autos y 1 moto retenidos; 17 actas por infracciones.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 45 31.07.2013
Se comunica que con fecha 30.07.2013 integrantes de nuestra ONG brindaron charla de concientización en el Polideportivo Municipal de la ciudad de Villa Carlos Paz a deportistas de vóley comprendidos entre las edades 15 a 19 años acompañados de su profesor.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 44 24.07.2013
Se comunica que en la fecha se han enviado las notas que se adjuntan. Se aclara que por un error involuntario la audiencia con el Sr. Intendente se llevó a cabo el 4 de julio de 2013.
Gacetilla de Prensa Nº 44 24.07.2013
Se comunica que en la fecha se han enviado las notas que se adjuntan. Se aclara que por un error involuntario la audiencia con el Sr. Intendente se llevó a cabo el 4 de julio de 2013.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 43 05.07.2013
De acuerdo a lo informado por el área de Prensa del Municipio de Villa Carlos Paz, durante el mes de junio se han realizado en la ciudad los siguientes controles de alcoholemia:
8.06.2013
Lugar: Av. Libertad y Gral. Paz
Detalles: desde las 05.20 a 7.30 hs. 70 vehículos controlados; 1 alcoholemia (+), 1 auto y y 2 motos retenidos; 21 actas de infracción labradas.
16.06.2013
Lugar: San Martín y Tucumán
Detalles: Desde las 5.20 hs. hasta las 08.15 hs. 74 vehículos controlados; 1 alcoholemia (+); 3 autos retenidos; actas de constatación por infracciones: 20.
23.06.2013
Lugar: Bv. Sarmiento 250
Detalles: Desde las 04.30 hs. a 7.00 hs. Total controlados: 76 vehículos. Alcoholemia (+) 1; 1 auto y 1 moto retenidos; actas de constatación por infracciones: 10.
30.06.2013
Lugar: Rosario y Séneca
Detalles: Desde las 04.00 hs. a 7.00 hs. total de controlados: 107 vehículos. Alcoholemia (); 1 auto 1 1 moto retenidos; actas de constatación por infracciones: 14.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 42 04.07.2013
Se comunica que en la fecha integrantes de CPP mantuvieron una reunión con el Intendente de la ciudad de Villa Carlos Paz, Sr. Esteban Avilés.
En la oportunidad se abordaron temas relacionados a las temáticas que aborda la ONG.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 41 04.07.2013
Se informa que en
la fecha integrantes de CPP brindaron charla de concientización
a los alumnos de 3º año del Instituto Parroquial
Bernardo D´Elia de Villa Carlos Paz quienes estuvieron acompañados por la
vicedirectora y profesores.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 40 03.07.2013
En el mes de su CENTENARIO,
saludamos
a la ciudad de
con la gran alegría de acompañarla
en su continuo
y superador desarrollo.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 39 28.06.2013
Se comunica que en la fecha integrantes de CPP brindaron dos charlas de concientización a los alumnos de la Escuela Primaria Coronel José Francisco Javier Díaz localizada en Villa García, Tanti, Córdoba.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 38 18.06.2013
Se
comunica que en la fecha integrantes de CPP asistieron a charla “Alcohol: Desde una simple copa hasta la enfermedad” brindada por el Dr.
Christian Leiva, Director Médico de la Posada del Qenti,
Medical SPA & Resort.
La misma se llevó a cabo en el Centro
Vecinal Miguel Muñoz “B” y fue organizada por la
Coordinación de Políticas de Prevención del municipio de Villa Carlos Paz.
*
* *
Gacetilla de Prensa Nº 37 14.06.2013
Se
comunica que en la fecha CPP llevó a cabo una intervención
pública de concientización en seguridad vial a peatones y conductores
junto a docentes y niños de la Escuela Primaria
Álvarez Condarco
de Villa Carlos Paz.
Nuestro agradecimiento a:
· la Directora Sra. Edith Salzgeber y todo el cuerpo
docente por el compromiso asumido
. el aporte del municipio en el envío de un inspector
y donación de almanaques viales para la escuela
. los medios periodísticos de Villa Carlos Paz
*
* *
Gacetilla de Prensa Nº 36 9.06.2013
Se comunica que con fecha 7.06.2013 se brindaron dos charlas de concientización en la Escuela Primaria Domingo French de Cabalango (zona rural), Departamento Punilla, Córdoba.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 35 9.06.2013
Se informa que con fecha 7.06.2013 se envió la nota que se adjunta a las autoridades mencionadas.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 34 7.06.2013
Gacetilla de Prensa Nº 33 01.06.2013
Se comunica que en el marco del VI Encuentro Panamericano de Comunicación
llevado a cabo en la Escuela de Ciencias de la Información (UNC)
nuestra organización ha participado los días 6 y 7 de junio en las
jornadas dedicadas a las ONG´s.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 33 01.06.2013
De
acuerdo a lo informado por el área de Prensa del municipio de Villa
Carlos Paz, durante el mes de mayo se realizaron en la ciudad los
siguientes controles de alcoholemia:
FECHA UBICACIÓN DEL DETALLES
CONTROL DE ALCOHOLEMIA
____________________________________________________
12-05-13 San Martín y Tucumán Desde las 5.30 hs. hasta
las 07.00 hs.:
85 vehículos controlados;
5 alcoholemias (+);
3 autos y 2 motos
retenidos; actas de
constatación por
infracciones: 9.
____________________________________________________
19-05-13 Rosario y Virgilio Desde las 7:10 hs. hasta
las 8:15 hs. Total con-
trolados: 84 vehículos;
5 alcoholemias (+);
1 auto y 1 moto retenidos;
actas de constatación por
infracciones: 13
____________________________________________________
26-05-13 Libertad 30 Desde las 5:20 hs. a las
7:20 hs. Total de
controlados: 65 vehículos.
Alcoholemia (+): 1;
actas de constatación
por infracciones: 6.
controlados: 65 vehículos.
Alcoholemia (+): 1;
actas de constatación
por infracciones: 6.
___________________________________________________
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 32 31.05.2013
Se
comunica que en la fecha CPP brindó charla de concientización
a los alumnos de 3º, 4º y 5º grados
de la institución escolar primaria “Escuela Nueva”, Barrio Centro de Inquilinos de Villa Carlos Paz.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 31 30.05.2013
Se
comunica que con fecha 29.05.2013 se llevó a cabo una reunión en el municipio de Villa Carlos Paz entre integrantes
de CPP; el Secretario General de la entidad,
Dr. Jorge Sebastián Guruceta y Directores subalternos;
el Jefe de la Departamental Punilla, Crio. My. Téc. Seg.
Gustavo Godoy y personal policial a cargo.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 30 29.05.2013
Se comunica que con fecha 28.05.2013 se enviaron las notas que se adjuntan.
Gacetilla de Prensa Nº 29 24.05.2013
Se comunica que con fecha 28.05.2013 se enviaron las notas que se adjuntan.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 29 24.05.2013
Estimados,
Se comunica que con fecha 23.05.2013 integrantes de CPP junto
a otras ONG´s asistieron a la Legislatura Provincial de Córdoba a fin
de acompañar la presentación de dos proyectos legislativos elaborados
por el Centro de Estudios "Por Nuestros Queridos Hijos". En la oportunidad fueron recibidos por los legisladores Germán Borello y Rubén Buttarelli.
Cabe acotar que ambas propuestas legislativas ya habían sido presentadas con anterioridad en dicho recinto.
Se adjuntan las mismas para vuestro conocimiento y difusión.
ANTEPROYECTO DE LEY
CONTROL DE OFERTA
DE ALCOHOL
REGISTRO UNICO PROVINCIAL DE BOCAS DE EXPENDIO DE
BEBIDAS ALCOHOLICAS.
“POR NUESTROS QUERIDOS HIJOS”
Encuentro de
padres, familiares y amigos de
jóvenes
fallecidos en accidentes de tránsito
Córdoba, Mayo de 2009
ANTEPROYECTO
DE LEY
CONTROL DE OFERTA
DE ALCOHOL
REGISTRO UNICO PROVINCIAL DE BOCAS DE EXPENDIO DE
BEBIDAS ALCOHOLICAS.
Artículo 1°: CRÉASE el Registro Único
Provincial de Bocas de Expendio de Bebidas Alcohólicas dependiente del Poder
Ejecutivo, quien deberá determinar la autoridad de aplicación. La
reglamentación establecerá los requisitos y
formalidades a cumplir por los interesados, sin perjuicio de las que
exijan las ordenanzas locales.
Art. 2°: Deberán inscribirse en el Registro Único
Provincial de Bocas de Expendio de Bebidas Alcohólicas todas las personas
físicas mayores de edad o jurídicas que realicen actividades de
comercialización, distribución, provisión o expendio a título oneroso de
bebidas alcohólicas en el ámbito de la Provincia de Córdoba, que se encuentren
habilitadas por las respectivas autoridades municipales o comunales para
ejercer el comercio. La inscripción tendrá carácter habilitante por período
anual a contar desde la misma, quedando sujetos a las prescripciones de la
presente ley todos los actos jurídicos mencionados.
Art. 3°: Los expendedores deberán solicitar la
Licencia Anual que corresponda según el rubro o actividad que ejerzan,
clasificada conforme las siguientes categorías:
1. Categoría “A”: venta mayorista y
distribución.
2. Categoría “B”: venta minorista sin consumo en el
lugar (comprende: quioscos, almacenes, supermercados, vinerías).
3. Categoría “C”: venta para consumo
gastronómico en el lugar (comprende:
bares, restaurantes, resto-bares, parrillas, pizzerías, eventos,
servicio de catering).
4. Categoría “D”: venta para consumo recreativo en
el lugar (comprende: pub’s, after’s, cervecerías, discotecas, locales
bailables, cabarets, whisquerías, peñas, otros espectáculos públicos).
La autoridad de aplicación se
encuentra facultada para ampliar los rubros de cada categoría conforme la
modalidad del hecho registrable, y para fijar el canon anual correspondiente a
cada una de ellas.
Para todas las categorías rige
la prohibición absoluta de expendio de bebidas alcohólicas a menores de
dieciocho años de edad, establecida en el art. 1° de la ley nacional 24.788 de
“Lucha contra el Alcoholismo”.
Art. 4°: “La Licencia Anual de Comercialización de
Bebidas Alcohólicas” se otorga por cada establecimiento o sucursal. Para
obtenerla deberá el interesado abonar el canon anual a la autoridad de
aplicación y cumplir los demás requisitos que se determinarán por vía
reglamentaria.
Art. 5°: Cada establecimiento autorizado al expendio
de bebidas alcohólicas deberá exhibir en su ingreso y en lugar visible al
público una copia auténtica de la Licencia Anual. Los vehículos que transporten
la mercadería y los depósitos de la misma también deberán contar con copia
auténtica de dicho documento público.
Art. 6°: Los ingresos obtenidos por la percepción del
canon anual correspondiente a las licencias previstas en el art. 4° y/o de las
multas que se apliquen por incumplimiento de la presente ley, se destinarán en
un 50% al financiamiento de las funciones de fiscalización y control y el 50%
restante para financiar programas de prevención y asistencia de las adicciones
alcohólicas. A tal fin, la autoridad de aplicación debe informar semestralmente
al Poder Ejecutivo la cantidad de licencias otorgadas, multas aplicadas y las
sumas recaudadas por los conceptos antes indicados.
Art. 7°: Los licenciatarios deberán llevar registro
contable informático diario de sus operaciones comerciales de expendio, como
así también inventario de existencia de mercadería en depósito. Estarán
obligados a comunicar por correo electrónico a la autoridad de aplicación, con
carácter de declaración jurada, semanalmente cada primer día hábil, las
operaciones realizadas con las consiguientes altas y bajas de stock, asentando
cantidades por ítems según tipos de bebidas alcohólicas.
Los licenciatarios inscriptos en
la categoría “D”, deberán informar además la cantidad de personas presentes en
el lugar de expendio por jornada hábil comercial. Toda la información
mencionada deberá ser asentada mensualmente en un libro especial rubricado por
la autoridad de aplicación y a disposición permanente de ésta.
El incumplimiento de tales
obligaciones o el falseamiento de datos será considerada falta grave y hará
pasible al infractor de las sanciones previstas en el artículo 13° de esta ley.
Art. 8°: Prohíbese la venta o expendio minorista de
bebidas alcohólicas sin licencia otorgada por la autoridad de aplicación. Quien
violare esta prohibición será sancionado con multa cuyo monto se fijará por vía
reglamentaria, y decomiso de la mercadería en infracción habida en el
establecimiento, en depósito clandestino o no autorizado. La reincidencia en la
comisión de esta falta, será sancionada con el doble de la multa anterior, con
más una prohibición para solicitar y obtener licencia de hasta cinco (5) años.
El interesado o su mandatario,
podrán recurrir administrativamente la resolución a dictarse, en los términos
que autorizan los arts. 77 y siguientes de la Ley Provincial N°6.658 y sus
modificatorias. Agotada dicha vía, podrá ocurrir al sólo efecto devolutivo ante
el fuero judicial en lo contencioso administrativo provincial.
Art. 9°: Prohíbese a los licenciatarios inscriptos en
la Categoría “A” la venta y/o distribución de bebidas alcohólicas a comercios
que no se encuentren inscriptos en el Registro, o que tuviesen caducada la
licencia por cualquier motivo. La violación a esta prohibición será sancionada
con multa a fijar por la autoridad de aplicación conforme la escala a
establecer por vía reglamentaria. La reincidencia dentro del año de cometida la
primera infracción, será sancionada con multa por un monto que duplique la
sanción anterior. La segunda reincidencia conllevará la pérdida de la
habilitación legal por un período de hasta diez (10) años.
Art.
10°: DESVIRTUACION DE RUBRO:
Prohíbese a los licenciatarios que revistan en las categorías “C” y “D”,
expender bebidas alcohólicas en cantidades que excedan el consumo de un (1)
gramo de alcohol por mil centímetros cúbicos de sangre, por persona y jornada
hábil comercial. A tal fin, cada establecimiento inscripto en la categoría “C”
deberá contar con un aparato de medición de dicho parámetro clínico
(alcoholímetro) por factor de ocupación de superficie útil hasta 200 personas,
homologado por la autoridad de aplicación. Los establecimientos inscriptos en
la categoría “D” deberán contar con un alcoholímetro por cada 400 personas,
tres de 800 a 1.400 y cuatro para mayor cantidad de personas asistentes al
lugar de reunión.
La constatación de niveles de
alcoholemia que superen dicho límite máximo legal, en las personas que se
encuentren dentro, recientemente egresadas o provenientes en forma directa de
un establecimiento comercial inscripto en las categorías “C” y “D”, será
considerada índice de intoxicación del consumidor en carácter de presunción jure et de jure. Tal hecho configurará infracción
a la presente norma en función de lo dispuesto por el art. 7° de la ley penal
especial 24.788 de “Lucha contra el Alcoholismo”, sin perjuicio de las
penalidades previstas en la misma.
Art. 11°: La
infracción prevista en el artículo anterior, deberá ser constatada por
cualquier funcionario o agente público policial o sanitario que con motivo o en
ocasión de sus funciones tome conocimiento de la misma, mediante los elementos
de prueba científicos adecuados, incluyendo los propios del establecimiento
comercial, que podrá requerir al efecto con el auxilio de la fuerza pública de
ser necesario. El acta labrada tendrá carácter fehaciente y hará plena prueba,
salvo redargución de falsedad admitida judicialmente.
Sin perjuicio de lo anterior, la
autoridad de aplicación se encuentra facultada para designar agentes públicos
investidos del poder de policía preventivo y represivo a fin de hacer cumplir
las normas de la presente ley. Para ello regirá un régimen de inspecciones de carácter
permanente, que comprenderá a todos los actos relacionados con su objeto. Los
referidos agentes deben secuestrar en el mismo procedimiento de constatación de
la falta, la mercadería en infracción al artículo 8° de la presente ley, para
lo cual podrán requerir directamente el auxilio de la fuerza pública cuando
ello resulte necesario.
Art. 12°: El
propietario, gerente, encargado, organizador o titular de cada establecimiento
comercial inscripto en las categorías “C” y “D”, será responsable del fiel
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 10° de la presente ley.
La sanción a
aplicar en caso de primera infracción será la de multa, cuyo monto será
variable aumentando en relación directa a la cantidad comprobada de personas
intoxicadas. La reincidencia se sancionará con multa por el doble monto de la
primera. La segunda reincidencia configurará falta grave y será sancionada con
la caducidad de la licencia por el término de diez (10) años, al igual que el
incumplimiento reiterado de la obligación de informar o el falseamiento de
datos previstos en el art. 7° de la presente ley. Todo sin perjuicio de las
responsabilidades penales que pudieren corresponder al infractor a tenor de lo
dispuesto por los artículos 1°, 4°, 7°, 14°, 15° y 16° de la ley nacional
24.788 de “Lucha contra el Alcoholismo”, como de las responsabilidades por
faltas administrativas emergentes de la misma.
Art. 13°: La
falta prevista en el artículo 10° de la presente ley, podrá ser presumida iuris tantum por la autoridad de
aplicación, a partir de los informes semanales de los propios licenciatarios
inscriptos en las categorías “C” y “D”, cuando de los mismos surja de manera
indubitable un promedio de consumo de alcohol por persona, por jornada hábil
comercial, superior al límite máximo de expendio individual fijado por dicha
norma. En tal supuesto, serán aplicables las sanciones previstas en el artículo
12°.
Queda a salvo el derecho de
defensa del presunto infractor en los términos previstos en el último párrafo
del art. 8° de la presente ley.
Art. 14°: La
normativa vigente en materia de faltas, habilitaciones y contravenciones es
aplicable en todo aquello que no sea modificado por la presente ley. Toda
violación de las prohibiciones o incumplimiento de las obligaciones que
establece esta ley, será sancionada por la autoridad de aplicación mediante la
imposición de las penalidades previstas en la misma.
Las multas aplicadas por
resolución firme, deberán ser obladas en el término que establezca la
reglamentación. No verificándose su pago dentro del plazo legal, las mismas
serán ejecutables por la vía ejecutiva que establecen los artículos 517, 518
inc. 8° y siguientes del Código de Procedimientos Civil y Comercial de la
Provincia de Córdoba, sirviendo de suficiente título la copia autenticada de la
resolución que impuso la multa.
Art. 15°: La
autoridad de aplicación debe sistematizar y actualizar periódicamente los datos
obtenidos por el Registro, en la forma y con las modalidades que determine la
reglamentación de esta ley, a fin de informar a las autoridades competentes en
materia de prevención de consumo de sustancias adictivas, permitiendo a éstas
el procesamiento estadístico de dicha información para la elaboración de las
políticas públicas correspondientes.
Art. 16°: Los gastos que demande la implementación y
funcionamiento del Registro que se crea por esta ley, deben previsionarse con
imputación a la partida presupuestaria correspondiente, sin perjuicio de los
recursos que surjan de la percepción del canon anual y las sanciones
establecidas en los artículos 8°, 9° y 12° de la presente normativa.
Art. 17°: De forma.
FUNDAMENTOS
Reseña histórica
El alcoholismo es un flagelo social tan antiguo como
la Humanidad. A lo largo de la historia fue entendido como resultado normal de
hábitos de vida centrados en el consumo de bebidas etílicas y aceptado como un
mal inevitable que conllevaba marginación social. Asociado a la divinidad su
producto emblemático (el vino), su raíz socio-cultural se hunde en la noche del
tiempo.
Aun así, siempre encontró limitaciones materiales y
morales para su propagación, que lo hicieron en cierta forma controlable. Los
modos antiguos de producción artesanal de los distintos tipos de bebidas
espiritosas, constituyeron un límite natural al nivel de oferta, ajustada a los
patrones de consumo de cada tiempo y lugar, caracterizados por el destino alimentario
en general. Los excesos en el consumo eran asunto privado, y las víctimas
fatales de las múltiples patologías asociadas al mismo, cargaban hasta la tumba
el estigma de la culpa personal, por imperio de un inveterado prejuicio social
incriminatorio de las víctimas que opera desde siempre y llega hasta el
presente en gran medida.
No existía ciencia ni conciencia
sanitaria que enfrentara el problema con una visión superadora. Hasta en el
pasado cercano, fue imposible abordar la endemia de alcoholismo con paliativos
legales ni medicinales; y ante su carácter insoluble, la problemática no tuvo
jamás trascendencia en el campo de la política, lo que ameritó su tolerancia
social y unánime consideración como un simple vicio reservado a la intimidad de
las personas. De tal suerte, el Estado estuvo históricamente ausente en un tema
donde estaba en juego la vida o la muerte de una parte de la población.
Simplemente operaban los controles morales como único factor de contención, y
la resignación general ante la morbilidad y mortalidad producidas. Erradicado
del mundo islámico por repudio religioso del alcohol, se desarrolló
especialmente en las sociedades occidentales, donde llega hasta nuestros días.
Situación actual
Actualmente, el referido cuadro de
situación ha cambiado en todo sentido. Por un lado, el advenimiento de la
sociedad de masas produjo la aparición de un mercado de consumo a gran escala;
simultáneamente, la fabricación industrial de bebidas alcohólicas como
parte del proceso histórico de desarrollo
de las fuerzas productivas del sistema capitalista, ha devenido en un aumento
explosivo de la oferta de alcohol, que abastece a costos decrecientes dicho
mercado también en permanente expansión. Ello en razón de que la demanda sigue
claramente la curva ascendente de la oferta, de acuerdo con la clásica Ley de
Say, según la cual ,”toda oferta crea su
propia demanda”; es decir, la demanda acompaña servilmente el crecimiento
de la oferta, buscando un equilibrio que nunca llega en razón del continuo
aumento de ésta, que tiende al infinito al no hallar el punto de saturación del
mercado. En suma, los cambios económicos que fortalecieron al complejo
industrial/comercial del alcohol, son fruto de la innovación tecnológica
aplicada a este rubro empresarial.
La
situación de prosperidad de esta industria sería un dato positivo, si no fuera
por el hecho de que, tratándose el alcohol de una sustancia riesgosa,
potencialmente tóxica y adictiva, su exceso de consumo causa daño
individual y social. El actual poderío económico del sector productivo le
facilita la utilización de potentes mecanismos propagandísticos de venta,
mediante los cuales ha logrado instalar en el imaginario colectivo juvenil, la
perversa idea de que el consumo de alcohol es sinónimo de diversión e inclusión
social entre pares. El mensaje publicitario es transmitido de forma continua
por los medios audiovisuales (radio y televisión) más afines al público
juvenil, sobre todo a través de los programas deportivos y musicales,
instaurando una falsa imagen de normalidad de las pautas de consumo entre
adolescentes y jóvenes, que disminuye peligrosamente la percepción del riesgo
que estos tienen al respecto. Es una refinada técnica de manipulación
publicitaria de masas, a través de la cual los medios construyen y refuerzan un
estereotipo de forma de ser, de gran atractivo simbólico para los destinatarios
del mensaje.
Además,
el expansivo fenómeno económico se retroalimenta constantemente mediante el
libre juego de las leyes de oferta y demanda, sobre un mercado seguro y libre
de interferencias fiscales en su segmento final, condiciones típicas del
capitalismo salvaje. Así las cosas, el negocio ha alcanzado magnitudes
superlativas que se reflejan en la intensa actividad publicitaria promotora del
consumo de alcohol, al par que en el desastre social que provoca. No obstante
esto último, el sector va por más ganancias conforme la lógica comercial. Ello
explica por qué las renovadas campañas de promoción de bebidas alcohólicas se
dirigen principalmente al segmento juvenil de la sociedad: porque siendo éste
el más vulnerable psicológicamente en razón de su permeabilidad a las
influencias grupales, responde en forma positiva al estímulo consumista
transmitido en clave de pertenencia generacional.
El
circuito de explotación comercial de esta inducida tendencia juvenil al consumo
creciente de bebidas alcohólicas, se completa con la existencia del también
fuerte y extenso sector minorista que provee los escenarios propicios para
ello. En los últimos años y acompañando el referido aumento constante de la
oferta, ha proliferado geométricamente el número de locales nocturnos,
discotecas, pub´s, after´s, etc., dedicados a la venta para consumo en el lugar
de bebidas alcohólicas a jóvenes y adolescentes, cuyo debido control por parte
de las autoridades públicas habilitantes de los mismos, ha ido mermando hasta
desaparecer por completo en la mayoría de los casos. No es ningún secreto que
en tales antros nocturnos o post-nocturnos se abusa en forma sistemática y
masiva del alcohol y otras drogas, sin que tales situaciones hayan movilizado
aún a los distintos estamentos del Estado en procura de la preservación de la
salud y el orden públicos así violados de manera flagrante. La persistencia por
años de esta grave situación de anomia ha traído como consecuencia la
instalación de una contracultura juvenil del consumo irracional de alcohol, que
goza de bolsones de impunidad fáctica en beneficio exclusivo de quienes lucran
con ella, y en claro perjuicio del interés general. La costumbre de realizar
una ingesta grupal previa a la salida nocturna, es resultado directo de la
misma y del corrimiento horario de apertura de los locales bailables, que
recién comienzan a admitir el ingreso de su clientela pasadas las 02 hs. -en el
mejor de los casos-, para egresarla bien avanzada la mañana. Todo ello conlleva
un esfuerzo psico-físico adicional de los jóvenes concurrentes a los mismos,
que suelen soportar mediante el consumo combinado de bebidas energizantes y/o
estupefacientes allí también disponibles. Así pues, la diversión nocturna opera
como una gigantesca escuela de malos hábitos de vida y adicciones al alcohol
y/o a las drogas.
El costo humano
El
lado oscuro de este pingüe negocio es su terrible costo humano: más de 3.000
jóvenes de entre 15 y 25 años –la gran mayoría en situación de pasajeros o de
peatones atropellados- mueren anualmente en accidentes de tránsito de
madrugada, durante los fines de semana, en ocasión del regreso a sus domicilios.
Más del doble de esa cifra quedan discapacitados de por vida a consecuencia de
tales siniestros (fuente: Asociación Luchemos por la Vida; 37% del total de
muertes viales, corresponde a esas edades y circunstancias). La siniestralidad
vial es la primera causa de morbimortalidad en dicho grupo etario, y la
relación causal que finaliza en estas tragedias seriales se origina en el medio
ambiente inseguro conformado por dichos escenarios de peligro.
Esta
dolorosa casuística acumulativa ha producido el único cambio positivo en
relación a esta problemática: la aparición de una creciente conciencia social y
política –en ese orden- sobre la inadmisibilidad de tal estado de cosas.
Multitud de organizaciones sociales de bien público, varias de ellas
conformadas por las propias víctimas o su familiares, vienen exigiendo de un
tiempo a esta parte la intervención del Estado a fin de hacer cesar esta
interminable sangría, debida a factores de riesgo evitables que han causado ya
daños definitivos a miles de familias argentinas, amenazando cada vez más la
salud de toda una generación juvenil ya en parte diezmada y mutilada por esta
causa, cuya frustración toxicológica compromete nuestro futuro como sociedad
organizada.
Problemática sanitaria
Esto último nos introduce de lleno en la
cuestión central de este flagelo social: su dimensión sanitaria. “Actualmente, el consumo de alcohol es uno de
los principales factores que se relacionan con la salud de los individuos y de
las poblaciones y sus consecuencias tienen un gran impacto tanto en términos de salud como en términos
sociales. La Organización Mundial de la Salud ha advertido de la magnitud de
los problemas de salud pública asociados al consumo de alcohol y ha enfatizado
su preocupación ante las tendencias de consumo que se observan entre las capas
más jóvenes de la sociedad. El consumo
abusivo de bebidas alcohólicas está claramente relacionado con el desarrollo de
discapacidad y de distintas enfermedades, así como con violencia, maltrato
infantil, marginación y conflictos con la familia y en la escuela. El alcohol
está presente en una proporción muy importante de accidentes de tráfico, laborales
y domésticos”. (sic,
Informes de la Comisión Clínica del Ministerio de Sanidad y Consumo del Reino
de España, para el Plan Nacional sobre Drogas, Madrid, 2007, págs. 6 y 7).
Como surge de la cita reproducida, estamos en presencia de un problema sanitario de gran envergadura, con efectos deletéreos presentes y futuros imprevisibles. Baste recordar que en La Argentina fallecen más de 30.000 personas cada año –además de los 3.000 jóvenes antes mencionados- por causa de las más de 60 patologías asociadas al consumo de alcohol. Llega a todos los órganos a través del flujo sanguíneo. A mayor concentración plasmática aumenta la resistencia al mismo, lo que lo convierte en factor hemorrágico; modifica la fluidez de las membranas neuronales, deteriora el funcionamiento del SNC, aumenta el riesgo de infarto cardíaco, debilita y deteriora el sistema inmunológico, puede producir osteoporósis, emaciación (adelgazamiento morboso) de los músculos. Las patologías más comunes afectan los sistemas nervioso y digestivo (cirrosis hepática, neuropatía periférica, lesiones cerebrales, cardiopatías, gastritis, pancreatitis, etc.).
El impacto socio-sanitario del alcoholismo tiene dimensión epidemiológica, lo cual conlleva cuantiosas pérdidas económicas al sistema de Salud Pública en gastos terapéuticos. Ello lo constituye en un factor objetivo de riesgo social, cuyos efectos dañosos amenazan al conjunto de la población a través de la siniestralidad vial y otros ilícitos violentos. Según las estadísticas (cfr. Asociación Luchemos por la Vida), durante el año 2008 el alcohol estuvo presente en el 55% de los accidentes de tránsito, lo cual indica que del total de 8.204 fallecimientos producidos por tal motivo en dicho lapso, al menos 4.500 –cifra que incluye a los 3.000 jóvenes más los terceros damnificados- se deben a la acción causal del alcohol. El equivalente a un cementerio parque completo cada año. Es decir que este flagelo no sólo ataca bienes individuales sino también colectivos jurídicamente protegidos, como la seguridad en el tránsito y la salud pública, amén de la inseguridad delictiva derivada de los múltiples hechos ilícitos en los que el alcohol es factor criminógeno. Sin lugar a dudas, el alcohol es el arma más letal que existe. A excepción del negocio de las tabacaleras, ninguna otra actividad comercial soporta pérdidas humanas de semejante cuantía. Se trata de un verdadero genocidio causado por intereses económicos, aceptado con equívoca resignación por el Estado. Cualquier episodio de muerte violenta de 100 personas, como por ejemplo la caída de una aeronave, causa conmoción mundial y activa respuestas preventivas inmediatas de parte de los gobiernos; en la Argentina, ese número de víctimas fatales se alcanza cada diez días en siniestros viales causados por el alcohol, no obstante lo cual no se hace nada para atacar el mal de raíz. Las muertes del alcoholismo son de rutina, y por eso están implícitas en la percepción de “normalidad” social. Ergo, la vida humana está devaluada respecto de los intereses de este meganegocio, que prevalecen sobre ella. Este privilegio político -rotundamente inmoral- no le es permitido a nadie en el mundo, a excepción del lobby del alcohol.
Patología juvenil
En el segmento juvenil, donde existe menor conciencia del riesgo que supone su abuso, se constata una creciente asociación entre el consumo de alcohol y otras drogas (policonsumo), con el peligro de potenciación de los efectos perjudiciales para la salud, por interacción de sus elementos. Esto caracteriza al alcohol como droga de inicio que abre el camino a otras sustancias psicoactivas, al influjo de circunstancias de modo y lugar –ámbitos de nocturnidad- en las que hay libre disponibilidad de ellas por parte de los jóvenes. Dichas combinaciones (también las que se hacen entre distintos tipos de bebidas alcohólicas) alteran radicalmente el comportamiento de los consumidores, produciendo conductas agresivas -incluso temerarias y violentas-, euforia, relajamiento de los frenos inhibitorios y pérdida del autocontrol en el período de intoxicación. Además conlleva riesgos de patología cardiovascular, con muerte súbita. En general a corto, mediano y largo plazo, las consecuencias negativas derivadas del consumo habitual de alcohol en los jóvenes, se refieren a alteraciones más o menos graves de las relaciones con la familia, compañeros y maestros, bajo rendimiento escolar, pérdida del sentido de responsabilidad, conductas públicas y privadas de alto riesgo (v.gr.: relaciones sexuales promiscuas con embarazos no deseados y enfermedades de transmisión sexual que incluyen hepatitis B o C y Sida).
También
se ha confirmado la tendencia a la baja en la edad de inicio del consumo de
alcohol, encontrándose actualmente en 12 años para los varones y 15 para las
mujeres (cfr. Informe 2009 de la Secretaría de Prevención de las Adicciones de
Córdoba). A influjo de la constante expansión de la oferta alcohólica, el mal
ha calado despiadadamente en la niñez, donde el riesgo de intoxicación y/o
adicción es mucho mayor por no estar finalizado aún –en menores de 18 años- el
proceso de maduración de los sistemas neurológico, endócrino y enzimático.
Entre los distintos trastornos de la personalidad de los adolescentes que causa
esta sustancia, a través de su acción depresora del Sistema Nervioso Central
(SNC), se destaca su afectación de la memoria con pérdida transitoria de la misma
tras la intoxicación, alteración del humor por irritabilidad, ánimo triste,
disforia, cuadros que en numerosos casos derivan en suicidio o su intento.
Según la fuente antes citada (Min. de Sanidad de España), “...la probabilidad de suicidios en pacientes alcohólicos es unas
60-120 veces mayor que en la población general. El suicidio constituye la segunda o tercera causa de muerte en
adolescentes y jóvenes de edades comprendidas entre los 14 y 34 años,
habiéndose incrementado más del doble las tasas de suicidio en estos grupos
durante las últimas décadas. Dicho incremento se ha asociado con un aumento de
abuso de alcohol por dicha población.” (op. cit., p.85). Estadísticas
recabadas por el Servicio de Toxicología del Hospital de Niños de la Santísima
Trinidad, de la ciudad de Córdoba, refieren para el período 2001/2008 un total
de 145 casos de intentos de suicidio, en pacientes entre 8 y 15 años, con una
media de edad de 11 años; la misma fuente revela haber atendido 562 casos de
abusos de drogas en igual lapso y grupo etario.
Por cierto, el peligro más inminente que
afrontan los jóvenes y adolescentes en estado de ebriedad, lo constituyen las
circunstancias de regreso de los lugares donde se intoxican, en las que ocurren
el 90% de los hechos ilícitos violentos dolosos o culposos que protagonizan
como víctimas o victimarios. En ese sentido, es concluyente el informe 2008 de
la Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y Lucha
contra el Narcotráfico (SEDRONAR) de la Presidencia de la Nación, que da cuenta
del colapso emergentológico producido en la ciudad de Córdoba durante el año
2007, merced a la saturación continua del Hospital de Urgencias durante los
fines de semana por pacientes accidentados a causa de alcoholemia y/o
drogadicción, con cifras que superan la media nacional. Datos estadísticos
recopilados por el Servicio de Toxicología de dicho nosocomio, refieren que el
50% de los 3.000 pacientes atendidos durante el año 2008 por intoxicaciones
alcohólicas y/o químicas, eran menores de edad, registrando actualmente de 25 a
50 casos por fin de semana, con tendencia en aumento.
Política de Estado
A esta realidad verdaderamente
dramática, propia de un escenario bélico, se ha llegado progresivamente por
falta de reacción oportuna del Estado, en lo que hace al control de aplicación
de las normas legales antialcohol. Bajo las presentes circunstancias de orden
público, resulta injustificable la prescindencia estatal en un asunto de tal
gravedad sanitaria, que anualmente causa miles de víctimas fatales,
discapacidades permanentes y compromiso psico-físico de millones de personas,
con consecuencias socio-culturales y socio-económicas negativas en grado sumo.
Urge actuar de inmediato sobre el principal factor etiológico de esta endemia:
la sobreoferta de bebidas alcohólicas.
El alcohol (etanol en forma natural o
adquirida, en concentración superior al 1% de su volumen), es una droga con
efecto depresor del Sistema Nervioso Central (SNC) relativamente inocua en
dosis moderadas, pero de alta peligrosidad en cantidades excesivas.
El relato de sus nocivas consecuencias
sociales, expresado más arriba, da la pauta lógica de su necesidad de control
estratégico por parte de las autoridades sanitarias, como sustancia de venta
libre pero también limitada por determinadas condiciones legales de espíritu
preventivo. Para el Estado, garante constitucional de la Salud Pública (C.N.,
art. 42), no puede ser equivalente la oferta de caramelos, pan, gaseosas o
cualquier otro producto para consumo humano, que la de alcohol. Esto se
comprende sin esfuerzo. Si se aplican rigurosos controles bromatológicos a
todos y cada uno de los productos comestibles para evitar eventuales
intoxicaciones a los consumidores, con mayor razón aún debe hacerse control de
una sustancia de por sí tóxica y potencialmente mortal como el alcohol.
Las políticas de Estado se plasman en la
legislación de cada país. Nuestro Código Penal, en su art. 204, desde antaño
contempla los delitos de peligro genérico atentatorios contra la salud pública.
El más usual reprime la conducta del farmacéutico que expende medicamentos en
violación a las reglamentaciones vigentes sobre recetas médicas; si la misma
ley tipifica como delito de peligro contra el mismo bien jurídico (la salud
pública) la venta o distribución de “...medicamentos
o mercaderías peligrosa para la salud,
disimulando su carácter nocivo.”(sic, art. 201); si la ley penal especial
24.788 de Lucha contra el Alcoholismo tipifica, a su vez, como delito los “...eventos de cualquier naturaleza, sea con o
sin fines de lucro, que requieran la
ingesta de bebidas alcohólicas desnaturalizando los principios de la
degustación, la catación o cualquier otra manera destinada a evaluar la
calidad de los productos.” (sic, art. 7°); si dicha normativa prohíbe
terminantemente en su art. 1° la venta de bebidas alcohólicas a menores de
dieciocho años de edad; y si además pone a cargo del expendedor las
consecuencias dañosas producidas por dichas ventas a menores o por los excesos
de consumo (ley 24.788, art. 15°), es evidente, entonces, que para nuestro
ordenamiento jurídico es un hecho ilícito la PROVISION EXCESIVA O PROHIBIDA
DE BEBIDAS ALCOHOLICAS. Tal como se practica en la actualidad,
especialmente en el sector minorista de la diversión nocturna, configura un
delito social de peligro genérico, calificado por los resultados dañosos de
alcance universal.
Ello así, corresponde a cada
jurisdicción provincial establecer los mecanismos de control sanitario de la
oferta alcohólica y empeñar su poder de policía a los fines de asegurar el
imperio de la legalidad integral en todos los ámbitos de ejercicio del comercio
de bebidas etílicas. Puesta en práctica tal acción estatal, el patrón de
oferta/consumo de las mismas tenderá progresivamente a situarse en un nivel
compatible con la salud, la seguridad y el orden públicos, límites lógicos al
ejercicio de todos los derechos y barrera natural entre lo inocuo y lo
patogénico. Esta la auténtica fórmula de prevención primaria del alcoholismo.
No existe impedimento material ni jurídico
alguno, que obste al estricto control de los volúmenes de comercialización de
bebidas alcohólicas de cada una de las bocas de expendio de las mismas. La
actual tecnología informática permite el seguimiento exhaustivo de esta
sustancia riesgosa, desde su centro de fabricación hasta los puntos de despacho
al público -pasando por los canales de distribución-, de forma análoga a la que
se realiza con cualquier otro producto comercial, a los fines tributarios. Sólo
se trata de tomar la decisión política de hacerlo y de obrar en consecuencia.
Análisis jurídico del articulado
En cuanto a la normativa proyectada, los
artículos 1 y 2 instituyen un mecanismo de control registral, a partir del
empadronamiento obligatorio de todos los comerciantes de bebidas alcohólicas
que ejerzan tal actividad en todo el territorio provincial. El organismo creado
opera en función del poder de policía inherente a sus facultades originarias,
no delegadas constitucionalmente al Estado Federal (Const. Nac., art. 121).
Tratándose la presente de una cuestión que afecta el orden público en materia
de salubridad y seguridad de forma conjunta, la Provincia ostenta competencia
legislativa concurrente con los municipios, pero de mayor jerarquía jurídica en
razón del principio de supremacía de las leyes (C.N., art. 31).
Ello así, corresponderá a los municipios
armonizar sus respectivas formulaciones legales a las disposiciones de la
presente ley, de modo de coordinar esfuerzos de carácter ejecutivo en aras de
la satisfacción del interés público comprometido. Considerando especialmente
que el poder de policía de seguridad que concierne al orden público, es
potestad exclusivamente provincial (Const. Pcial., art. 144, incs. 15 y 16), en
tanto está destinado a resguardar la integridad de derechos humanos intangibles
como la vida, la salud y las integridad psicofísica y moral de las personas
(C.P., art. 19 inc. 1°), bienes jurídicamente protegidos por garantías
constitucionales federales y tratados internacionales.
El art. 3° discierne las distintas
categorías legales de las actividades comprendidas, según sus modalidades
fácticas. Las diferencias tienen relevancia jurídica a los fines controlantes
de aquellas prácticas de expendio para consumo in situ que producen habitualmente el deterioro sanitario de la
población, especialmente el sector juvenil.
El art. 4°establece el carácter oneroso
de la habilitación correspondiente, de suyo justo atento gravitar sobre una
actividad que persigue fines de lucro.
El art. 5° busca facilitar el control
social –es decir, por parte de la población- de las actividades objeto de
regulación, mediante el sencillo expediente de exhibición al público de las
constancias de legalidad de las mismas.
El art. 6° determina el destino de los
fondos públicos a obtenerse en concepto de canon a abonar por los titulares de
las licencias, persiguiendo tanto el autofinanciamiento del organismo de
control como el soporte económico de las actividades de prevención y asistencia
de las adicciones alcohólicas. Un elemental sentido de justicia retributiva
aconseja tal solución, que implica un comienzo de reparación del daño social
causado, por parte de aquellos mismos que se benefician materialmente de la
nociva práctica comercial en cuestión.
El art. 7° establece las exigencias documentales
de la actividad objeto de regulación, de modo tal que permitan a la autoridad
de aplicación conocer a ciencia cierta tanto los volúmenes de venta entre los
distintos escalones de comercialización, como la cuantía final de la misma de
manera detallada según las circunstancias propias de cada boca de expendio. De
tal suerte, el eslabón final de la cadena comercial –el más problemático y
descontrolado en la actualidad, en el caso de los llamados “boliches”- dejará
de ser un misterio para el Fisco, que podrá conocer dónde, cuándo y cómo se
producen los abusos de expendio, responzabilizando legalmente por los mismos a
quienes corresponda. El sistema toma como modelo el Registro Nacional de Armas
(ley 20.429), que obliga a los comerciantes de armas de uso civil a llevar
registro especial de las mismas, informar a las autoridades las operaciones de
venta que realicen (cfr. ley cit., art. 29 inc. 2°), y mantener inventario
actualizado del material en existencia,
con comunicación periódica al Estado de altas y bajas, para su control
comparativo en relación a las ventas, discriminando a éstas según cada tipo de
bebida alcohólica. En este caso, la reglamentación deberá establecer las
características técnicas del programa informático a utilizar, que permitirá un
seguimiento continuo de la sustancia objeto de control, incluyendo su estadio
de consumo.
El art. 8° impone la prohibición de
expendio minorista de bebidas alcohólicas, a quienes carezcan de la
habilitación legal, fijando las sanciones correspondientes a la violación de la
misma. Ello implica la toma de control por parte del Estado, de la sustancia
riesgosa, atento su notoria peligrosidad social. Constituye el principio
fundante de la intervención estatal en esta materia, seguido por la mayoría de
los países desarrollados del mundo.
El art. 9° crea un deber jurídico de
abstención en cabeza de los proveedores mayoristas de la sustancia riesgosa. En
función del mismo, están obligados a coadyuvar con el Estado en las tareas de
control del circuito comercial, denegando la provisión del producto a las bocas
de expendio que no estén legalmente integradas al sistema.
El art. 10° es la piedra angular del
nuevo instituto. Establece el límite legal de expendio/consumo conforme un
parámetro de Medicina Forense, más allá del cual -según evidencia científica-
comienza el proceso biológico de intoxicación del bebedor. En efecto, por
debajo del primer grado de alcoholemia, la sintomatología clínica del sujeto
–según estándar, no por susceptibilidades individuales variables según sexo,
edad y complexión física- resulta benigna en relación al control de sus
facultades mentales, presentando un cuadro de euforia y excitación de la
funciones intelectuales. Es decir que aún no hay intoxicación, sobre todo por
debajo de 0,50 gramos de alcohol por mil de sangre. Entre 0,50 y 1,00 se
ingresa ya en zona de riesgo, pues comienzan a producirse leves cambios
psicológicos desadaptativos, tales como aumento del tiempo de reacción (el
retardo en decidir qué y cómo hacer, luego de recibir una información), y
deterioro moderado del rendimiento psicomotor. Allí está el límite prudencial
que la naturaleza le indica al Derecho, como campo de acción lícito del patrón
expendio/consumo de alcohol. Más allá del mismo, se ingresa en el terreno del
ilícito penal contemplado por el art. 7° de la ley nacional 24.788 de “Lucha
contra el Alcoholismo”, que tipifica como delito:“...la realización de...eventos de cualquier naturaleza que requieran
la ingesta de bebidas alcohólicas desnaturalizando
los principios de la degustación, de la catación...”, etc.
Por encima de 1,00 gramos de etílico por
litro de sangre, para la Medicina comienza el proceso biológico que conduce a
una borrachera intensa, caracterizada por una sintomatología maligna en orden a
sus efectos depresores del Sistema Nervioso Central (SNC), que conllevan
peligrosidad tanto para el afectado como para terceros en relación
circunstancial con él, debido a la alteración morbosa de sus facultades
mentales. El cuadro clínico presenta mayor compromiso neurológico, con pérdida
de atención y de memoria, deterioro de la capacidad de juicio, torpeza motora,
desequilibrio, pérdida de reflejos, sedación. Los casos más agudos de
intoxicación alcohólica determinan pérdida de conciencia, coma e incluso muerte
por depresión cardiorespiratoria. Esto ocurre de ordinario una vez superado el
límite natural y legal antes citado, que el artículo 10° del presente proyecto
consagra como tope máximo de licitud comercial al proveedor de la sustancia. La
grave crisis social de alcoholismo descripta más arriba, es resultado directo
de la violación sistemática y masiva de dicho límite biológico y legal por
parte de proveedores y consumidores. Esta medida apunta al nudo gordiano del
problema.
De tal suerte, el primer párrafo del
artículo 10° constituye la razón de ser de todo el instituto creado por la
normativa subexamen. Ninguna utilidad
tendría la misma, si poseyendo el mecanismo eficaz de control de la oferta
alcohólica, el Estado no lo empleara en tiempo y forma para impedir la
consumación delictiva de la misma, conformándose simplemente con conocer cómo,
cuándo, dónde y por parte de quiénes se producen los múltiples hechos ilícitos
generadores de una endemia de alta mortalidad. Va de suyo que a partir de la
tenencia de dicha información de importancia sanitaria estratégica, el Estado
provincial debe actuar en consecuencia y conforme a sus elementales deberes
jurídicos en la materia, tomando acciones preventivas y represivas de dichos
delitos sobre quienes corresponda. No es un registro por el registro mismo ni
por la veta recaudatoria que implica, sino poderosa herramienta jurídica de
cambio de la nefasta realidad que le toca verificar.
Es importante destacar que dicho tope
legal es totalmente compatible con la rentabilidad empresaria del sector, que
se satisface con niveles de venta per
cápita inferiores al porcentaje patogénico de que se trata. Ello así, esta
limitación sanitaria no afecta en modo alguno el derecho constitucional de los
expendedores de alcohol a ejercer sus actividades comerciales. Cabe recordar
que no existen derechos absolutos en ningún ordenamiento jurídico civilizado
–tampoco en el nuestro-, toda vez que aquellos se ejercitan conforme a las
leyes que los reglamentan. Por otra parte, en ningún caso el interés privado de
enriquecimiento personal puede prevalecer sobre el interés público inherente a
la salud de la población. En caso de conflictos entre ambos, se debe estar a la
supremacía constitucional del segundo.
La norma bajo análisis –párrafo segundo-
establece un nuevo deber jurídico a cargo de los titulares de las bocas de
expendio de bebidas alcohólicas: la posesión de los instrumentos de
comprobación científica del nivel de alcoholemia personal (alcoholímetros), en
proporción directa y decreciente con la capacidad de albergue de cada local.
Esta exigencia tiene relación lógica con la prohibición de sobreexpendio
establecida en el primer párrafo, y conlleva la facilitación de los medios
necesarios para el debido autocontrol de oferta que se pretende del
comerciante. En ese orden de ideas, éste pasa a convertirse –bien que
compulsivamente- en el primer agente preventor del alcoholismo de sus clientes.
Va de suyo que nadie tiene mejores posibilidades materiales -ni mayor deber
moral- de efectuar dicho control sanitario en tiempo oportuno, que el propio
expendedor de la sustancia riesgosa, atento su contacto directo con los
bebedores. Ello así, esta normativa lo compele a trocar la cómoda situación
actual de descompromiso hacia los efectos dañosos de sus actos, por la asunción
de responsabilidad directa de los mismos, en posición claramente dispositiva de
su voluntad de hacer o no el mal que conlleva su franco dominio de la relación
causal de los hechos perjudiciales. Cuando la ley penal especial 24.788 (art. 15, párrafos 3er. y 4to.) pone a cargo
del proveedor del alcohol las consecuencias dañosas producidas por la ingesta
excesiva del mismo, está sentando claramente el principio de autoría mediata de
tales daños a la salud o la vida, en cabeza de aquél y por razón de su autoría
material del peligro generador del hecho. La escala penal agravada prevista
para los casos de fallecimiento de la víctima (consumidor en estado de ebriedad
o tercero damnificado por él), se asemeja no por casualidad a la fijada para el
homicidio preterintencional tipificado por el art. 81 inc. b) del Código Penal;
en efecto, la ley 24.788 de “Lucha contra
el Alcoholismo” ha creado un nuevo tipo penal de homicidio
preterintencional, cuyo sujeto activo sólo puede ser el proveedor de la bebida
alcohólica cuyo exceso de consumo produjo el resultado fatal. En estos casos
–más de 3.000 por año- la ley argentina entiende que el daño mortal causado por
el proveedor, es el resultado culposo (no querido) de su obrar doloso
(intencional, con dolo específico determinado por el ánimo de lucro) generador
del peligro abstracto consistente en facilitar la ebriedad del victimario o de
la víctima del posterior homicidio.
Así las cosas, la obligación legal de
contar con alcoholímetros en los establecimientos inscriptos en las categorías
“C” y “D” del art. 3°, deviene en el propio interés defensivo de sus titulares,
toda vez que mediante aquéllos tendrán la posibilidad material de conocer a
ciencia cierta el estado de alcoholemia de todos y cada uno de sus clientes, de
modo de ejercer con fundamento inapelable su derecho-deber de abstención de
expendio ante el requerimiento ilícito (por excesivo) de cualquiera de los
mismos.
La conminación en abstracto del cuarto
párrafo, remite expresamente a las previsiones de la ley de fondo en la materia
(24.788), de manera tal que el delito de peligro genérico tipificado a partir
de la violación de la misma (art. 7°) se considerará automáticamente comprobado
mediante los mecanismos de control de la presente, a todos los efectos
sancionatorios de carácter tanto administrativo como penal.
El art. 11° establece el deber jurídico
de los funcionarios o agentes públicos policiales y sanitarios de proceder de
oficio ante la evidencia de consumación delictiva flagrante comentada más
arriba. De este modo, se coloca la hipótesis legal bajo los alcances del art.
248 –último párrafo- del Código Penal de la Nación, forzando la intervención de
dichos representantes del Estado a los fines de hacer cesar el delito, bajo
apercibimiento de quedar ellos mismos incursos en la figura delictiva de
violación de los deberes de los funcionarios públicos. Para ello se los inviste
expresamente del poder de policía y de la facultad fedataria necesarios para
tal cometido. Se busca de esta forma terminar con la aberrante práctica
policial actual de prestar servicios de seguridad adicional a los empresarios
de la nocturnidad, dentro y fuera de los ámbitos físicos donde se producen las
alcoholizaciones masivas, tolerando indebidamente las mismas por falta de
instrucciones al respecto. Dicha práctica desnaturaliza a la institución
policial, desde que la pone en situaciones de complicidad con un delito (ley
24.788, art. 15° a tenor del art. 7°) que deben combatir tanto como a cualquier
otro. Es obvio que el hecho contractual de proveer seguridad adicional a los
empresarios de la diversión nocturna, no debe aparejar la alienación de la
fuerza pública por parte de los interesados en su capacidad de custodia. Esta
debe ejercerse siempre con miras a sus fines específicos –el orden público-, y
sin perjuicio del deber principal de la fuerza pública: la defensa de la
legalidad en todos sus aspectos. Lo contrario implica menoscabo a la
investidura policial.
Se incluye entre los agentes públicos
autorizados a actuar de oficio, a los de índole sanitaria, quienes por su
capacitación intelectual son los más indicados para intervenir en las
circunstancias previstas por el art. 10° de la presente normativa, en las que
pueden -eventualmente- prestar los auxilios de su profesión. Esto refuerza el
carácter de prevención sanitaria que informa a la ley.
Por último, se establece la posibilidad
de crear un cuerpo móvil de inspectores con carácter permanente, a idénticos
fines.
El art. 12° impone en forma personal a
los representantes legales de los establecimientos inscriptos en las categorías
“C” y “D” la obligación legal de hacer cumplir la presente ley. Los inviste así
del especial status jurídico de
“sujetos obligados”, sobre los que pesa una carga pública específica
directamente relacionada con la naturaleza de sus tareas, que los convierte en
auxiliares de las autoridades de aplicación de la ley. Ello es así a fin de
evitar previsibles alegatos defensistas de transferencia de responsabilidades
hacia otras personas bajo relación de dependencia laboral, que no tienen el
real dominio de los hechos en la medida en que –normalmente- se limitan a
cumplir directivas de sus empleadores.
Los párrafos siguientes establecen las
sanciones a que den lugar las infracciones comprobadas, remitiendo
subsidiariamente a las previsiones de la ley de fondo (24.788) en orden a las
eventuales responsabilidades penales y administrativas en juego.
El art. 13° establece un mecanismo de
presunción legal iuris tantum (que
admite prueba en contrario) de las faltas a los deberes establecidos por la
presente normativa. Si el mismo no existiera, perdería razón de ser el sistema
de información periódica a la autoridad de aplicación, previsto por el artículo
7°. Este tiene por objeto posibilitar al Estado el contralor de los volúmenes
de expendio de bebidas alcohólicas, a partir de un banco de datos
permanentemente actualizado por los propios licenciatarios. Cuando de la información
recibida surgiere la comisión de un abuso comercial por expendio excesivo según
el tope legal (art. 10°), la Administración Pública está obligada –en función
del mismo principio de Legalidad que obliga a actuar a la Policía- a aplicar
las sanciones legales del caso. De no hacerlo así, el funcionario a cargo del
manejo de la información incurriría en connivencia dolosa con el infractor,
siendo también pasible de imputación por supuesta comisión del delito previsto
por el art. 248 del Código Penal.
El art. 14° ratifica la plena vigencia
de las normativas ordenancistas locales en todo aquello que no se oponga a la
presente, sentando la jurisdicción administrativa de la autoridad de aplicación
para todas las infracciones relativas a ésta. El párrafo tercero crea el título
de deuda a devengar por los procedimientos insolutos en tiempo propio,
autorizando para su cobro el empleo de la vía ejecutiva prevista por el Código
de Procedimientos en lo Civil y Comercial de la Provincia.
El art. 15° impone a la autoridad de aplicación el deber
legal de acumulación y custodia de la información de todo tipo que obre en el
Registro, a los fines de su oportuna utilización por parte de los distintos
poderes de Gobierno, en aras de eficientizar y coordinar la lucha contra el
flagelo social de alcoholismo.
El art. 16° tiene por objeto asegurar la
previsión presupuestaria de los gastos originarios del organismo, que podrán
reducirse hasta su eventual eliminación en los ejercicios futuros, en virtud
del autofinanciamiento de sus actividades que permitirán los ingresos
corrientes a obtener por vía de los arts. 8°,9° y 12° de la presente ley.
MEMORANDUM
Destinataria: Legisladora Nadia Fernández (bloque U.P.C.)
Remitente: Centro de Estudios “Por Nuestros Queridos Hijos”
Propuesta legislativa de
reforma al Código Procesal Penal de la Provincia de Córdoba, necesaria para
agilizar las causas penales por siniestros viales y otras.
Ya es inocultable el déficit del
servicio de Justicia en relación a las causas penales por muertes y lesiones
graves producidas por siniestros viales, en el ámbito del Poder Judicial de la
Provincia de Córdoba. Las reiteradas marchas públicas de los familiares de las
incontables víctimas fatales por dicho flagelo delictivo, son elocuente
expresión de un defectuoso sistema judicial, que no da debida respuesta al
legítimo reclamo de justicia de un sector social en permanente crecimiento en
razón de la constante morbimortalidad que producen los hechos ilícitos contra
la seguridad del tránsito.
Muchas de esas causas prescriben
por no ser debidamente investigadas en tiempo y forma. La frustración masiva de
derechos que esto produce, atenta contra el principio jurídico supranacional de
la tutela
judicial efectiva de la víctima
del delito (C.A.D.H., art. 8 inc. 1º), integrativo del elenco de los
derechos humanos, que así las cosas, se ve claramente incumplido de manera
sistemática por el Estado provincial, cuyo Código Procesal Penal aún sostiene
el anticuado esquema acusatorio basado en el monopolio del ejercicio de la
acción penal pública por parte del Estado, a través de los funcionarios
representantes del Ministerio Público Fiscal.
En la práctica, ya sea por un mal
entendido garantismo procesal excesivamente favorable a los imputados, o por
simple abulia funcional, muchos de estos agentes estatales no respetan como es
debido los derechos constitucionales de las víctimas y/o damnificados por el
delito –verdaderos titulares de los bienes jurídicos lesionados-, a quienes no
representan como corresponde conforme a derecho, esto es, impulsando
activamente las investigaciones judiciales tendientes a la obtención de juicios
efectivos contra los autores de las muertes violentas de sus seres queridos.
Así pues, incurriendo en claro
abuso de poder por vía de negación sistemática de los requerimientos de los
querellantes –que parecieran molestarles-, los fiscales de instrucción (salvo
honrosas excepciones, por cierto) suelen desconocer arbitrariamente el de por
sí acotado rol procesal del querellante particular, que en el sistema normativo
cordobés se encuentra netamente subordinado a la iniciativa exclusiva del
Ministerio Público, pues actúa en carácter de mero sujeto “adhesivo y eventual” del proceso (es decir, innecesario), no
obstante ser el principal interesado y destinatario del servicio forense.
Dicha inercia habitual en la
tarea acusatoria de oficio, termina causando el fenómeno conocido en doctrina
como “revictimización”
de las víctimas por parte del propio Poder Judicial. En efecto, cuando los
ofendidos por el delito asisten impotentes al fenómeno de impunidad masiva que
esta parálisis institucional produce, el daño moral causado por el hecho
ilícito sufrido se ve agravado por dicha frustración definitiva de sus derechos
humanos elementales, lo que acarrea el consiguiente desprestigio de las
instituciones judiciales. Se trata de un fenómeno degenerativo de la función
forense de carácter mundial, que ha motivado incluso una “Declaración sobre los principios fundamentales de justicia para las
víctimas del delito y del abuso de poder” por parte de la Asamblea General
de las Naciones Unidas (Resolución 40/34, sesión plenaria de la A.G., del
29/11/85), con recomendaciones a los Estados miembros de índole similar a la
presente propuesta legislativa.
“Quien puede pretender, puede
accionar”, reza un conocido principio general del Derecho. Va de suyo
que nadie tiene mayor interés legítimo ni voluntad de actuación de la ley penal
sustantiva, que la propia víctima del delito o sus familiares directos. Ergo,
nada ni nadie ha de garantizar mejor el correcto impulso del proceso penal que
el instituto del “Querellante particular”,
debidamente provisto de más y mejores atribuciones legales que le confieran
autonomía acusatoria suficiente como para compartir la tarea
instructoria en pie de igualdad con el órgano predispuesto por la ley adjetiva.
La exigencia técnica del
patrocinio letrado asegura el ajuste a derecho de las pretensiones a esgrimir
por los particulares que ejerzan esta función ad hoc. Y el imperio jurisdiccional del Juez de Control de
garantías y del tribunal de Alzada, siempre habrá de evitar la consumación de
cualquier tipo de pretensión antijurídica. Pero el sistema todo sentiría de
inmediato la revitalización del procedimiento que habrían de imprimir los
verdaderos interesados en la actuación de la ley sustantiva violentada, ya que
aun siendo las víctimas concretas, al acudir a los mecanismos legales
demuestran buscar Justicia y no venganza.
El arcaico sistema actual, basado
en el exclusivo poder de iniciativa y persecución penal de funcionarios
devenidos en burócratas por vicio profesional y librados a su sólo criterio o
voluntad de acción legal, es ya no sólo inapropiado para la época actual (en la
que se discute cómo “democratizar” a la Justicia), sino peligroso por el enorme
riesgo de corrupción que conlleva. Es que el monopolio funcional del ejercicio
de la acción penal confiere a quienes tratan cotidianamente con el delito un
excesivo poder discrecional, que objetivamente considerado, resulta ser una
fuerte incitación al espurio negociado personal, cuando la parte acusada goza
de poder económico y/o político, mientras que la víctima es un simple ciudadano
carente del mismo. Es innegable que un fiscal, como cualquier ser humano, puede
delinquir, cometer errores o ser inepto para el cargo. El abogado de parte, en
cambio, si no actúa con diligencia y convicción, puede ser reemplazado en
cualquier momento por su mandante, el querellante particular. Ergo, la
posibilidad de incuria del funcionario público, no se en el profesional
representante de este sujeto procesal.
En tal sentido, la doctrina más
actualizada tiene dicho:”Dejar en manos de un solo funcionario la
decisión de si corresponde o no incoar una investigación penal, en el marco de
actuaciones escritas y secretas para la comunidad, resulta además de
irrazonable, altamente peligroso y contrario a la forma republicana de gobierno”.
(véase MARCELO SOLIMINE, “La consulta al fiscal general como debido control del
dictamen fiscal desestimatorio”, L.L., 18.12.2001, cit. por FRANCESCHETTI-GAMBA
in opus “El Querellante – La reivindicación de la víctima en el proceso penal”,
Rosario de Sta. Fe, 2010, p. 77).
El evidente fracaso del sistema
acusatorio estatal vigente, cuanto menos en relación a la creciente
problemática social de la siniestralidad vial y las terribles secuelas de los
más graves delitos de tránsito, es resultado de la imposibilidad legal de
control de los actos fiscales por parte de los querellantes particulares, toda
vez que éstos, cual convidados de piedra, se encuentran indebidamente
subordinados en su capacidad de acción procesal, al desmedido poder decisorio
del agente del Ministerio Público. Así las cosas, éste tiende permanentemente a
ignorar a la figura creada con la finalidad de ser su lógico contrapeso
institucional, cuando su representante abdique de mala fe –o por simple mal
desempeño- de sus deberes persecutorios del delito. Tal como está hoy planteada
la relación fiscal-querellante, ninguno de los dos institutos cumple con su
función proactiva del proceso penal. Uno porque no quiere, el otro porque no
puede.
La experiencia forense demuestra
también que estas habituales situaciones omisivas de sus tareas por parte de
los fiscales, no son corregidas en tiempo y forma por el órgano que encabeza el
Ministerio Público. La Fiscalía General tiene por mala costumbre
administrativa, rechazar sistemáticamente cualquier denuncia en tal sentido,
que los justiciables formulen ante sus estrados. Prevalece normalmente el
espíritu de cuerpo, que fortalece la mala práctica del conjunto de sus
subordinados, que así las cosas se saben protegidos de dichas denuncias. Es
evidente que el control de funcionalidad del organismo en cuestión (esencial
para la vigencia del Estado de Derecho), deberá provenir de la auténtica y
eficaz participación legal de la ciudadanía en el quehacer judicial, concretada
en la forma que aquí postulamos.
La doctrina procesalista más
avanzada del país, coincide con este diagnóstico y propuesta de reforma, en
estos términos:”Sobre el particular, CAFFERATA
NORES, luego de señalar el avance que se ha producido a partir de la
incorporación de los tratados de derechos humanos a nuestro sistema
constitucional, en el sentido que la necesidad de garantizar el derecho a la
justicia de las víctimas aparece como la razón principal por la que el Estado
debe perseguir el delito a fin de dar cumplimiento a dicha garantía, expresa
sus “reparos” sobre la “exclusividad” del Ministerio Público Fiscal en la
persecución penal pública, y destaca que:”…esta actividad oficial si bien no
puede hoy ser obstaculizada o condicionada por los ofendidos más allá que lo
que el Código Penal argentino consiente (arts. 71 y 72), sí puede ser
compartida por ellos…e incluso desarrollada en forma autónoma en los
casos en que aquella autoridad no inicie la persecución o la concluya en
sentido desincriminador…” (sic, cfr. DANIELA BIANCIOTTI, “El pedido de
imputación por el querellante particular (impugnabilidad del decreto que lo
rechaza)”, en “Fortalezas y debilidades del proceso penal actual”, Ed.
Mediterránea, Cba., 2013, p. 186, subrayado añadido).
Mientras no se deroguen las
normas procesales que supeditan la actividad recursiva del querellante
particular, al mantenimiento de sus recursos por parte del Ministerio Público
fiscal (C.P.P., arts. 352, 334 último párrafo, 464 y 471), su rol protagónico
seguirá siendo irrelevante, por depender exclusivamente de la buena o mala
voluntad de los fiscales. Esto es abiertamente inconstitucional, a la luz del
criterio sentado por la C.S.J.N. en el precedente jurisprudencial “Santillán,
Francisco” (cfr. Doctrina Judicial, 17/2/99, ps. 334/335), que reconoce al querellante
particular el derecho inalienable a impulsar el proceso hasta obtener, por sí
mismo, una sentencia fundada sobre la acusación que realiza. La provincia de
Santa Fe ya ha dado el ejemplo a nivel nacional, consagrando este nuevo
paradigma de efectiva participación en juicio de las víctimas del delito,
mediante la sanción de la ley 12.734 (y sus modificatorias) que crea el Código
Procesal Penal hoy vigente, donde el querellante se ubica a la par del acusador
público y opera con él de manera conjunta (cuando hay acuerdo) o autónoma
(cuando no lo hay).
Va de suyo que la reforma
propuesta ha de aliviar la sobrecarga de tareas que hoy pesa sobre el cuerpo de
fiscales de instrucción. Bien entendida, la ampliación de facultades del
querellante particular a fin de dotarlo de autonomía investigativa,
instructoria y acusatoria, representaría un avance notable en las prestaciones
de la justicia penal, al asentarla sobre la base de un sistema mixto
oficioso-dispositivo, operable según la medida del interés demostrado en cada
caso por las personas afectadas por el delito. Esta circunstancia dinamizadora
de la litis, de la mayor relevancia jurídica en el proceso civil, fue ignorada
por los legisladores que sancionaron el código vigente, quienes sin quererlo
coadyuvaron al statu quo del antiguo
sistema inquisitivo largamente superado por las concepciones procesales más
modernas, que tienden a la unificación de criterios de actuación en todas las
ramas del Derecho.
Córdoba, 18 de abril de 2013.
Centro de Estudios “Por
Nuestros Queridos Hijos”
Directora.: Dra. Patricia
Montenegro; Vicedirectora: Lic. Marcela Alejandra Alfaro; Secretario: Sr.
Miguel Ravasi; Consejo Consultivo: Nora Vega, Silvia Manca, Esteban
Gorriti
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 28 22.05.2013
Estimados,
Se informa que con fecha 21.05.2013, integrantes de CPP asistieron a la audiencia concertada con la Comisión de Seguridad del Concejo de Representantes de Villa Carlos Paz a fin de continuar con el tratamiento de las propuestas legislativas de prevención presentadas en su oportunidad.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 27 21.05.2013
Estimados,
Se comunica que con fecha 20.05.2013 integrantes de CPP brindaron Charla de Concientización a los alumnos de dos 3ros. años del Instituto Parroquial Bernardo D´Elia de la ciudad de Villa Carlos Paz.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 26 10.05.2013
Estimados,
Se comunica que en el día de la fecha integrantes de CPP asistieron a la reunión convocada por el Secretario General de la Municipalidad de Villa Carlos Paz, Dr. Jorge S. Guruceta. En la oportunidad participaron además el Director de Inspectoría General, Dr. Juan Carlos Zoppetti y el Coordinador de Políticas de Prevención, Sr. Martín Pereira.
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Gacetilla de Prensa Nº 25 10.05.2013
Estimados,
Se informa que en el día de ayer se envió la nota que se adjunta.
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Gacetilla de Prensa Nº 24 08.05.2013
Estimados,
Se comunica que en el día de la fecha se ha enviado la nota que se adjunta.
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Gacetilla de Prensa Nº 23 08.05.2013
Estimados,
Se comunica que CPP asistió en el día de ayer a la ceremonia del relanzamiento del centro Terapéutico Integral Asociación Pro-Joven llevada a cabo en la actual sede de la institución Juncal 250 Villa Carlos Paz.
En la oportunidad se informó sobre los Talleres gratuitos que próximamente se llevarán a acabo en distritos de la ciudad.
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Gacetilla de Prensa Nº 22 03.05.2013
Segunda Semana Mundial de las Naciones Unidas
para la Seguridad Vial
Estimados,
La Organización Mundial de la Salud celebrará la 2ª Semana Mundial de las Naciones Unidas para la Seguridad Vial entre el 6 al 12 de mayo de 2013 dedicándola al cuidado de los PEATONES.
CPP se suma brindando próximamente material de concientización en el tema dirigido a medios de comunicación de Villa Carlos Paz, participando a través de las redes sociales y web.
Cabe destacar además, que CPP ha recibido la invitación de la Asociación Civil Luchemos por la Vida quien es Miembro de la Alianza Global de ONG´s para la Seguridad de las Carreteras, para integrar una red nacional y de esta forma focalizar la problemática de los peatones uniendo diferentes compromisos sociales de nuestro país.
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Gacetilla de Prensa Nº 21 02.05.2013
Estimados,
Se comunica que en la fecha se han enviado las notas que se adjuntan.
* * *
Estimados,
Se comunica que con fecha 30.04.2013 integrantes de nuestra ONG participaron de la 2da. reunión anual convocada por la Red Viva.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 19 30.04.2013
Estimados,
Se comunica que con fecha 29.04.2013, integrantes de CPP brindaron Charla de Concientización a los aumnos de los 3º a 6º años del I.P.E.M. 332 de Villa Santa Cruz del Lago. Los mismos estuvieron acompañados de sus respectivos profesores.
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Gacetilla de Prensa Nº 18 30.04.2013
Estimados,
De acuerdo a lo informado por el área de Prensa del Municipio de Villa Carlos Paz, durante el mes de abril se han realizado en la ciudad los siguientes controles de alcoholemia:
06.04.2013
Lugar: 2 operativos de control: De acuerdo a lo informado por el área de Prensa del Municipio de Villa Carlos Paz, durante el mes de abril se han realizado en la ciudad los siguientes controles de alcoholemia:
06.04.2013
Detalles: Bv. Sarmiento y Colón desde las 23.45 hs. hasta las 02.10 hs.: 60 vehículos controlados; 4 alcoholemias (+); 10 actas por distintas infracciones.
Rotonda de Libertad y Alberdi: desde las 5:35 hs. hasta las 8.30 hs.: 74 vehículos controlados, 4 alcoholemias (+), 15 actas por distintas infracciones.
14.04.2013
Lugar: 2 operativos de control:
Detalles: Libertad y Cárcano desde las 00.10 hs. hasta las 03.00 hs. total controlados: 42 vehículos. 0 alcoholemia (+); 4 autos retenidos, 6 actas por infracciones.
Bv. Sarmiento desde las 05.30 hs. hasta las 08.00 hs. total controlados: 68 vehículos. alcoholemia (+): 6; autos retenidos:1; motos retenidas:1. Actas por infracciones varias: 8.
20.04.2013
Lugar: 2 operativos de control.
Detalles: Roma frente al Destacamento policial. Desde las 18.10 hs. a 21.00 hs. total de controlados: 90 vehículos. Alcoholemia (+): 1. Motos retenidas: 16. Actas de constatación: 31.
Libertad 20: desde las 05. 20 hs. a 8.15 hs. Total de controlados: 38 vehículos. Alcoholemia (+): 4. Autos retenidos:1, motos retenidas:2. Actas de constatación: 18.
28.04.2013
Lugar: San Martín y Tucumán.
Detalles: Desde las 5.20 hs. hasta las 8.40 hs. Total de controlados: 143 vehículos. controles de alcoholemia: 56: 4 (+). Autos renidos:2; moto retenida: 1. Se labraron17 actas por infracciones varias.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 17 19.04.2013
Estimados,
Informamos que de acuerdo a la renión mantenida entre integrantes de nuestra ONG y el intendente de Villa Carlos Paz el 15 de abril de 2013, en la fecha se envió la nota y temario que adjuntamos.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 16 18.04.2013
Estimados,
Se adjuntan a la presente nota e imágenes fotográficas enviadas al Ing. Miguel Ángel Ledesma, Director de prevención de Accidentes de Tránsito del Gobierno de la provincia de Córdoba.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 15 18.04.2013
Estimados,
Se adjunta nota de agradecimiento enviada al periódico semanal LA JORNADA de Villa Carlos Paz.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 14 09.04.2013
Estimados,
Se adjunta nota de agradecimiento por donación entregada a nuestra organización.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 13 06.04.2013
Estimados,
Se Informa que con fecha 5.04.2013, integrantes de CPP brindaron 2 Charlas de Concientización a deportistas del Club Atlético Carlos Paz comprendidos entre las edades 9 a 17 años.
* * *
Estimados,
Se comunica que en la fecha se han enviado las notas que se adjuntan.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 11 03.04.2013
Estimados,
De acuerdo a lo informado por el área de Prensa del Municipio de Villa Carlos Paz, durante el mes de marzo se han realizado en la ciudad los controles de alcoholemia que a continuación se detallan:
FECHA UBICACIÓN DEL DETALLES
CONTROL DE ALCOHOLEMIA
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
28/03/2013 Sabattini y Cassaffousth Desde las 0.00 hs.
hasta la 1.40 hs.
Cantidad de
controlados: 25
Alcoholemia (+): 0
Vehículos retenidos: 2
Actas labradas: 3
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
31/03/2013 Av. Cárcano frente a Desde las 5.20 hs.
alfajores El Triángulo hasta las 9.00 hs.
Cantidad de
controlados: 160
Controles de
de alcoholemia: 12
Vehículo retenidos:
autos 6, motos 6.
Actas labradas: 26
De acuerdo a lo informado por el área de Prensa del Municipio de Villa Carlos Paz, durante el mes de marzo se han realizado en la ciudad los controles de alcoholemia que a continuación se detallan:
FECHA UBICACIÓN DEL DETALLES
CONTROL DE ALCOHOLEMIA
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
28/03/2013 Sabattini y Cassaffousth Desde las 0.00 hs.
hasta la 1.40 hs.
Cantidad de
controlados: 25
Alcoholemia (+): 0
Vehículos retenidos: 2
Actas labradas: 3
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - -
31/03/2013 Av. Cárcano frente a Desde las 5.20 hs.
alfajores El Triángulo hasta las 9.00 hs.
Cantidad de
controlados: 160
Controles de
de alcoholemia: 12
Vehículo retenidos:
autos 6, motos 6.
Actas labradas: 26
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Gacetilla de Prensa Nº 10 25.03.2013
Estimados,
Se comunica que en la fecha se envió la nota que se adjunta a la Comisión de Seguridad del Concejo de Representantes de la ciudad de Villa Carlos Paz con el respectivo material mencionado en la misma.
Gacetilla de Prensa Nº 09 22.03.2013
Estimados,
Se comunica que en la fecha integrantes de CPP se reunieron con el titular de la Unidad Departamental Punilla Crio. My. Téc. Seg. Gustavo A. Godoy y el Crio. Insp. Téc. Seg. Carlos R. Destefani.
En la oportunidad se hizo entrega del detalle de observación realizado durante el desarrollo del Cosquín Rock 2013 el cual se adjunta.
clickear sobre imagen para agrandar vista
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 08 20.03.2013
Estimados,
Se comunica que en el día de ayer integrantes de CPP asistieron a la 1ª reunión del año convocada por la RED VIVA.
En la oportunidad se informaron los proyectos previstos llevar a cabo en prevención de adicciones, consumo de alcohol al volante y cuidado del medio ambiente.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 07 19.03.2013
Estimados,
Se comunica que en la fecha integrantes de CPP mantuvieron una reunión con los ediles-miembros de la Comisión de Seguridad del Concejo de Representantes de Villa Carlos Paz.
En la oportunidad acompañaron la misma autoridades de la Unidad Departamental Regional Punilla, el titular de la Dirección de Seguridad Urbana y Prevención y personal de Inspectoría General del Municipio.
Temas abordados: las visibles problemáticas relacionadas a las cuestiones que trata nuestra ONG.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 06 15.03.2013
Gacetilla de Prensa Nº 05 8.03.2013
Estimados,
Se comunica que en la fecha integrantes de CPP han brindado Charla de Concientización a los alumnos de 1º a 6º grado de la Escuela Primaria José Antonio Álvarez Condarco de la ciudad de Villa Carlos Paz.
Asimismo se hizo entrega al cuerpo docente de material educativo de prevención.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 04 27.02.2013
Estimados,
Se comunica que entre los nuevos proyectos a encarar por nuestra ONG durante el presente año se hará un seguimiento de las acciones que se llevan a cabo en la ciudad relacionados con los tres temas que se abordan.
Debido a ello, a partir de nuestro reintegro posterior a las vacaciones en la primera reunión llevada a cabo el día 04-02-2013 se decidió hacer un relevamiento semanal sobre el resultado de los controles de alcoholemia que se realicen en la ciudad de Villa Carlos Paz.
El resultado de los mismos se informará mensualmente a través de este medio.
Asimismo debemos destacar que nuestra ONG no ha sido informada para poder asistir como veedores de dichos controles desde octubre de 2012.
A continuación se detalla lo informado por la Jefatura del Departamento Tránsito durante el período 13/02 - 25/02/2013
___________________________________________________________
FECHA UBICACIÓN DEL DETALLES
CONTROL DE
ALCOHOLEMIA
______________________________________________________
10/02/2013 San Martín y Tucumán 2 alcoholemias positivas
+ 1 caso de actuación
policial
______________________________________________________
17/02/2013 Cassaffousht y Sabattini 1 alcoholemia positiva +
2 actas por infracciones
varias.
Participaron 6 inspectores.
Suspendido por lluvia a
la 1/2 hora de comenzar
(0:00 hs. - 0:30 hs.)
_____________________________________________________
24/02/2013 San Martín y Tucumán Sobre 50 vehículos
controlados, 9 alcohole-
mias positivas + 3 autos
y 2 motos retenidos +
23 multas por infracciones
varias (5:30 - 9:30 hs.)
_____________________________________________________
Se adjunta nota con solicitud de audiencia enviada al Intendente de Villa Carlos Paz, Sr. Esteban Avilés.
Gacetilla de Prensa Nº 03 13.02.2013
Gacetilla de Prensa Nº 06 15.03.2013
Estimados,
Se comunica que en la fecha integrantes de CPP han brindado Charla de Concientización a padres de la Escuela Primaria José Antonio Álvarez Condarco de la ciudad de Villa Carlos Paz.
* * *Gacetilla de Prensa Nº 05 8.03.2013
Estimados,
Se comunica que en la fecha integrantes de CPP han brindado Charla de Concientización a los alumnos de 1º a 6º grado de la Escuela Primaria José Antonio Álvarez Condarco de la ciudad de Villa Carlos Paz.
Asimismo se hizo entrega al cuerpo docente de material educativo de prevención.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 04 27.02.2013
Estimados,
Se comunica que entre los nuevos proyectos a encarar por nuestra ONG durante el presente año se hará un seguimiento de las acciones que se llevan a cabo en la ciudad relacionados con los tres temas que se abordan.
Debido a ello, a partir de nuestro reintegro posterior a las vacaciones en la primera reunión llevada a cabo el día 04-02-2013 se decidió hacer un relevamiento semanal sobre el resultado de los controles de alcoholemia que se realicen en la ciudad de Villa Carlos Paz.
El resultado de los mismos se informará mensualmente a través de este medio.
Asimismo debemos destacar que nuestra ONG no ha sido informada para poder asistir como veedores de dichos controles desde octubre de 2012.
A continuación se detalla lo informado por la Jefatura del Departamento Tránsito durante el período 13/02 - 25/02/2013
___________________________________________________________
FECHA UBICACIÓN DEL DETALLES
CONTROL DE
ALCOHOLEMIA
______________________________________________________
10/02/2013 San Martín y Tucumán 2 alcoholemias positivas
+ 1 caso de actuación
policial
______________________________________________________
17/02/2013 Cassaffousht y Sabattini 1 alcoholemia positiva +
2 actas por infracciones
varias.
Participaron 6 inspectores.
Suspendido por lluvia a
la 1/2 hora de comenzar
(0:00 hs. - 0:30 hs.)
_____________________________________________________
24/02/2013 San Martín y Tucumán Sobre 50 vehículos
controlados, 9 alcohole-
mias positivas + 3 autos
y 2 motos retenidos +
23 multas por infracciones
varias (5:30 - 9:30 hs.)
_____________________________________________________
Se adjunta nota con solicitud de audiencia enviada al Intendente de Villa Carlos Paz, Sr. Esteban Avilés.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 03 13.02.2013
Estimados,
Se comunica que CPP ha participado en calidad de veedores de la no venta de alcohol a menores en la edición 2013 del Festival Cosquín Rock. En la oportunidad se entregó folletería de prevención.
Se comunica que CPP ha participado en calidad de veedores de la no venta de alcohol a menores en la edición 2013 del Festival Cosquín Rock. En la oportunidad se entregó folletería de prevención.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 02 9.02.2013Estimados,
Informamos que CPP ha
sido convocado nuevamente
a participar en el Festival Cosquín Rock Edición 2013 a desarrollarse los días 9, 10 y 11 de febrero, en calidad de veedores de la no venta de alcohol a menores.
a participar en el Festival Cosquín Rock Edición 2013 a desarrollarse los días 9, 10 y 11 de febrero, en calidad de veedores de la no venta de alcohol a menores.
* * *
Gacetilla de Prensa Nº 01 7.02.2013
Estimados,
En el comienzo de la actividad anual de la ONG, se han remitido las notas que se adjuntan.
Asimismo en la fecha se mantuvo una reunión con el Director de Atención Médica del Hospital Gumersindo Sayago, Dr. Gustavo Quinteros y el Subdirector Dr. Sergio Nasetta.
Temas tratados:
. Actividad que realiza CPP desde el año 2008.
. Estadísticas de siniestros viales.
clickear sobre imágenes para agrandar vista
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